Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
15-11-2018

Sección 1.2.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181115-6

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban y publican listas complementarias a la Resolución de 24 de octubre de 2018, de la Dirección General de Función Pública, relativa al proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista, Grupo C, Subgrupo C1 (puestos de Bombero Conductor).

Mediante Resolución de 24 de octubre de 2018, de la Dirección General de Función Pública, se aprueban las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista, Grupo C, Subgrupo C1 (puestos de Bombero Conductor), y se publica la relación provisional de excluidos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de noviembre).

Detectados aspirantes que no figuraban como excluidos ni admitidos en las citadas listas y advertidos errores materiales en las referidas listas, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

RESUELVE

Primero

Aprobar y publicar como Anexo I a la presente Resolución, la relación complementaria provisional de admitidos y excluidos en el citado procedimiento selectivo, que no figuraron en la relación provisional de aspirantes admitidos aprobada mediante la citada Resolución de 24 de octubre de 2018.

Segundo

Aprobar y publicar como Anexo II a la presente Resolución, corrección de errores materiales detectados en la relación definitiva de admitidos aprobada por la citada Resolución de 24 de octubre de 2018.

Tercero

De acuerdo con lo previsto en la base 4.2 de la reseñada Orden 1640/2018, de 14 de mayo, los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el/los defecto/s que haya/n motivado su exclusión o su no inclusión expresa en la relación provisional de admitidos al proceso por el turno que correspondiera.

Cuarto

1. La subsanación de defectos y/o causas de exclusión se realizará mediante el impreso que, a tal efecto, se incorpora a esta Resolución, y en los términos establecidos en el mismo, pudiendo cumplimentarse de forma manual, o por medios electrónicos accediendo al mismo a través de http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/bomberos-bombero-especialis..., en la sección “listados de admitidos y excluidos”.

2. El impreso de subsanación, junto con la documentación acreditativa que, en su caso, corresponda, se dirigirán a la Dirección General de Función Pública de Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, debiendo ser presentados en cualquiera de los lugares y formas que se indican a continuación:

a) El impreso cumplimentado por medios electrónicos podrá presentarse por Internet, utilizando el formulario disponible en www.comunidad.madrid, de conformidad con lo establecido en el punto 1 de este apartado cuarto, anexándose al mismo, en el momento de su presentación, la documentación justificativa que, en su caso, hubiera de aportarse. La presentación podrá realizarse en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid, así como en los restantes registros electrónicos de cualquier Administración pública, según lo establecido en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Para la presentación por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

De no optar por la presentación telemática, los participantes, una vez que hubieran cumplimentado el impreso por medios electrónicos, deberán imprimir y firmar el documento obtenido, y presentarlo, junto con la documentación que, en su caso, proceda, en alguno de los lugares que se relacionan seguidamente en la letra b).

b) El impreso cumplimentado de forma manual, junto con la documentación correspondiente, serán presentados en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web de la Comunidad de Madrid, según indica el apartado primero, o en alguno de los demás lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De efectuarse la presentación en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, con objeto de que se proceda a su fechado y sellado por el funcionario de dicha Entidad antes de su certificación, debiendo constar como destinatario la Dirección General de Función Pública de Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (calle Los Madrazo, número 34, 28014 Madrid).

3. Los aspirantes deberán marcar la causa de exclusión que les resulte aplicable y cumplimentar los datos y/o presentar la documentación acreditativa que resulte necesaria para la subsanación.

4. Los aspirantes que no hubieran presentado la solicitud utilizando el modelo oficial, deberán marcar la causa identificada con el código “A” del modelo de subsanación y aportar el modelo de solicitud debidamente cumplimentado y firmado. Este modelo se encontrará disponible en el siguiente enlace http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/ bomberos-bombero-especialista-c1, en la sección “listado de admitidos y excluidos”.

5. Aquellos que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos habrán de marcar la causa identificada con el código “S” del modelo de subsanación, acompañando al mismo copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base tercera de la Orden 1640/2018, de 14 de mayo.

Quinto

De no realizarse por los interesados la/s subsanación/es correspondiente/s en el plazo y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos ya descritos, se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos del proceso de referencia.

Madrid, a 5 de noviembre de 2018.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.







(03/36.056/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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