Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
15-11-2018

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181115-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

81
Madrid. Sección Vigésima Octava. Procedimiento 511 de 2015, notificación a administración concursal de Bellatrix, S. L.

Sección Vigésima Octava

EDICTO

En virtud de lo acordado en el recurso de apelación número 511 de 2015, que se tramita en este Tribunal, interpuesto por don Luis Zalarruqui Navarro, don Rafael Robledo Ruiz, don Rafael Martín-Peña García, “Bellatrix 4, Sociedad Limitada” y don Manuel Vidal Fole, frente a administración concursal de “Bellatrix, Sociedad Limitada” y don Juan Luis Martín Hurtado, don Vicente Morales García, don Antonio Tejada Uhagon, don Santiago Ajuria Peón, don Ignacio Ajuria Peón, doña Beatriz Marcos Arce, don Anastasio del Toro Pérez y doña Berta Cañizares González, sobre procedimiento concursal (calificación), por no ser conocido el domicilio y estar en ignorado paradero don Vicente Bruno Mújica, por resolución del día de hoy, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156, apartado 4, y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia dictada en el presente recurso con fecha 15 de septiembre de 2017, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«En atención a lo expuesto, la Sala acuerda:

1. Estimar parcialmente los recursos de apelación interpuestos por el procurador don Francisco Javier Abajo Abril, en nombre y representación de “Bellatrix 4, Sociedad Limitada”, don Rafael Martín Peña, don Rafael Robledo Ruiz y don Manuel Vidal Fole, y por la procuradora doña Carmen Ortiz Cornago en nombre y representación de don Luis Zarraluqui Navarro, contra la sentencia dictada el día 5 de septiembre de 2008, por el Juzgado de lo mercantil número 4 de Madrid, en la sección de calificación dimanante del concurso número 319/05 del que este rollo dimana.

2. Revocar parcialmente la referida resolución para dejar sin efecto la declaración de personas afectadas por la calificación de don Rafael Martín Peña, don Rafael Robledo Ruiz, don Manuel Vidal Fole y don Luis Zarraluqui Navarro, dejando igualmente sin efecto los demás pronunciamientos efectuados respecto de los mismos, manteniendo en los demás la sentencia apelada, incluida la no imposición de las costas procesales causadas en primera instancia.

3. No efectuar especial pronunciamiento respecto de las costas ocasionadas con los recursos de apelación.

De conformidad con lo establecido en el apartado 8 de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, procédase a la devolución a los apelantes del depósito consignado para recurrir.

Contra la presente sentencia las partes pueden interponer ante este Tribunal, en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación, recurso de casación y, en su caso, recurso extraordinario por infracción procesal, de los que conocerá la Sala Primera del Tribunal Supremo, todo ellos si fuera procedente conforme a los criterios legales y jurisprudenciales de aplicación».

El presente edicto se entrega al procurador don Francisco Abajo Abril, para que cuide de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de abril de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia de la Sección, Carmen Pérez Rodríguez.

(02/35.560/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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