Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
16-11-2018

Sección 1.4.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181116-26

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

26
RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre autorización administrativa de instalaciones eléctricas y aprobación de proyecto de ejecución de la instalación de una subestación transformadora de 132/20 kV denominada “ST Henares”, sita en PGOU SUP-I-2, parcela 78569, en el término municipal San Fernando de Henares, solicitada por “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”.

2016P418-ISE179

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 24 de mayo de 2016 tiene entrada en esta Dirección General escrito de “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, en el que se solicita la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de construcción de una subestación de transformación de 132/20 kV, a la que acompaña el correspondiente proyecto, firmado por doña María Eugenia Dorronsoro Paulis, colegiado número 3629 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Guipúzcoa y visado en fecha 18 de mayo de 2016 con número V/3/16/00235.

Segundo

Con fecha 27 de julio de 2018 se recibe Informe de Impacto Ambiental SEA 16/17 emitido por la Dirección General del Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid de fecha 15 de julio de 2018, en el que se establece que no se considera necesario que el proyecto sea sometido a Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria siempre que se cumplan las condiciones expresadas en el mismo.

Tercero

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de octubre de 2010).

Cuarto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de octubre de 1984); el Decreto 193/2015, de 4 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de agosto de 2015), y la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2013); el Decreto 70/2010, de 7 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de octubre de 2010), para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión; el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 7 de diciembre de 2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 1997); la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2007); el Reglamento de Líneas de Alta Tensión aprobado por Real Decreto 223/2008 (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de marzo de 2008); el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, aprobado por Real Decreto 3275/1982 (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de diciembre de 1982), y sus instrucciones técnicas complementarias (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto de 1984) y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” de 9 de junio de 2014).

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por los que esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en el uso de las atribuciones legalmente establecidas,

RESUELVE

Primero

Autorizar a “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal” la instalación de una subestación de transformación de 132/20 kV, denominada “ST Henares” (2016P418-ISE179), en parcela 78569 del polígono del PGOU SUP-I-2 del término municipal de San Fernando de Henares, coordenadas UTM X = 457709 e Y = 4475425, cuyas características son las siguientes:

1. Sistema de 132 kV.

De intemperie, con configuración de barra simple partida, en equipos compactos bajo envolvente metálica con aislamiento en SF6 (módulos HIS) con las siguientes posiciones:

— 3 posiciones de línea con interruptor.

— 3 posiciones de transformador con interruptor.

— 3 posiciones de medida sin interruptor.

— 2 posiciones de acoplamiento longitudinal con interruptor.

2. Transformación: En exterior.

— 3 transformadores de 40 MVA, refrigeración ONAN/ONAF y relación de transformación 132/20 kV.

3. Sistema de 20 kV:

En interior, de barra simple anillada y con celdas de aislamiento en SF6, con las siguientes posiciones:

— 24 posiciones de línea con interruptor.

— 3 posiciones de transformador con interruptor.

— 6 posiciones de medida sin interruptor.

— 6 posiciones de partición y unión de barras con interruptor.

— 2 posiciones de servicios auxiliares con fusible.

4. Servicios auxiliares:

— 2 transformadores auxiliares de 250 kVA y relación de transformación 15/0,420-0,242 kV.

— 3 reactancias trifásicas 1.000 A 10s y resistencias monofásicas 500 A, 15 s.

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el apartado anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole de que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la autorización, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.

3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.

Tercero

La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes, así como de los propietarios de locales o terrenos.

Cuarto

Deberán cumplirse las condiciones expresadas en la Resolución de Informe de Impacto Ambiental SEA 16/17 emitida por la Dirección General del Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid de 25 de julio de 2018.

Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (“Boletín Oficial del Estado” de 2 de octubre de 2015).

Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 12 de septiembre de 2018.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Francisco Javier Abajo Dávila.

(02/32.603/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181116-26