Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
16-11-2018

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181116-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

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Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Oferta empleo público

De conformidad con lo establecido en los artículos 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 70.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el decreto de la concejala-delegada de Personal número 4170/2018, de 19 de octubre, por el que se rectifica el error material detectado en el decreto de la concejala-delegada de Personal número 3872/2018, de 1 de octubre, por el que se aprueba la ampliación de la Oferta de Empleo Público 2018 del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor literal:

“Primero.—Rectificar el error material advertido en el decreto de la concejala-delegada de Personal número 3872/2018, de 1 de octubre, en siguiente punto:

En el anexo I, donde dice:

Debe decir:

Segundo.—El presente decreto de rectificación de error material de la ampliación de la Oferta de Empleo Público de 2018 se remitirá a la Administración General del Estado y a la Comunidad de Madrid, y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón digital de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, en cumplimiento de lo establecido legalmente”.

Lo que, en ejecución de dicho acuerdo, se publica para general conocimiento, significándose que contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Ambos plazos serán contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el tablón de edictos municipal. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

Boadilla del Monte, a 30 de octubre de 2018.—La primera teniente de alcalde, delegada de Coordinación, Servicios Sociales, Personal y Servicios Jurídicos, Susana Sánchez-Campos Guerrero.

(03/35.717/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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