Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
16-11-2018

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181116-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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San Martín de Valdeiglesias. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

El Pleno Municipal de esta Corporación, en sesión extraordinaria celebrada en fecha 30 de octubre de 2018, acordó, con el quórum establecido en el artículo 47.3 de la Ley 7/1985, aprobar provisionalmente la modificación de las siguientes ordenanzas:

— Ordenanza número 1: ordenanza fiscal impuestos sobre bienes inmuebles.

— Ordenanza número 8: ordenanza fiscal recogida domiciliaria de basura o residuos sólidos urbanos.

— Ordenanza número 22: ordenanza fiscal usos de instalaciones deportivas.

— Ordenanza número 37: ordenanza reguladora del precio público por prestación de servicios.

— Ordenanza fiscal número 11: tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa.

— Ordenanza fiscal número 30: tasa por uso de edificios municipales.

— Ordenanza fiscal número 03: ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

— Ordenanza número 06: ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas.

En virtud de lo dispuesto por el artículo 17.2 Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se pone en general conocimiento que durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los expedientes administrativos instruidos para la adopción de citados acuerdos podrán ser examinados en la Secretaría del Ayuntamiento, en la plaza real número 1 de esta localidad, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, pudiendo presentarse dentro de dicho plazo las reclamaciones que estimen oportunas.

En el caso de no presentarse reclamación alguna contra el contenido de las presentes ordenanzas fiscales, este acuerdo se considerará definitivamente aprobado, tal y como establece el artículo 17.3 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, publicándose el texto íntegro de las mismas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de forma reglamentaria.

San Martín de Valdeiglesias, a 31 de octubre de 2018.—La alcaldesa, María Luz Lastras Parras.

(03/35.667/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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