Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
16-11-2018

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181116-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Madrid. Sala de lo Social. Sección Primera. Procedimiento 241 de 2017, notificación a Estudios y Servicios de Gestión de Infraestructuras, S. L. y otros

SALA DE LO SOCIAL

Sección Primera

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Carrasco Manzanares, letrada de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección Primera de lo social.

Hago saber: Que en el procedimiento número 241 de 2017 de esta sección de lo social, seguido a instancias de don José Dolz Ruiz, frente al Fondo de Garantía Salarial, “Estudios y Servicios de Gestión de Infraestructuras, Sociedad Limitada”, “Reycons Protección Contra Incendios, Sociedad Limitada”, y “Technosafe Business Advanced Security, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado por el Tribunal Supremo, Sala de lo Social, secretaría 1, en el su recurso número 8/4062 de 2017, auto de inadmisión, de fecha 19 de julio de 2018, en la casación para la unificación de doctrina número 67 de 2017, cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice lo siguiente:

«Tribunal Supremo, Sala de lo Social.—Excelentísimos señores y excelentísima señora, don Luis Fernando de Castro Fernández, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga y don Antonio V. Sempere Navarro

En Madrid, a 19 de julio de 2018.—Ha sido ponente la excelentísima señora doña María Luisa Segoviano Astaburuaga.

La sala acuerda: Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado don José Antonio Águeda Iniesta, en nombre y representación de don José Dolz Ruiz, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 19 de mayo de 2017, en el recurso de suplicación número 241 de 2017, interpuesto por don José Dolz Ruiz, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 38 de los de Madrid de fecha 10 de octubre de 2016, en el procedimiento número 195 de 2016, seguido a instancia de don José Dolz Ruiz contra el Fondo de Garantía Salarial, “Technosafe Business Advanced Security, Sociedad Limitada”, “Reycons Protección Contra Incendios, Sociedad Limitada”, y “Estudios y Servicios de Gestión de Infraestructuras, Sociedad Limitada”, sobre despido.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida sin interposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvase los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acuerdan, mandan y firman los excelentísimos señores magistrados indicados al margen».

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Estudios y Servicios de Gestión de Infraestructuras, Sociedad Limitada”, “Reycons Protección Contra Incendios, Sociedad Limitada”, “Technosafe Business Advanced Security, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 11 de octubre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.358/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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