Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
17-11-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181117-12

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 13

12
Málaga número 13. Procedimiento 316 de 2017, notificación a Lion Invest Hispánica 2000, S. L.

EDICTO

El/la letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 13 de Málaga.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 316 de 2017, sobre despidos/ceses en general, a instancias de Juana Ocaña Aguilar y Dolores Gil López, contra José Luis Fernández Sierra, Marco Andrés Davisón Unnasch y “Lion Invest Hispánica 2000, Sociedad Limitada”, en la que con fecha se ha dictado sentencia, que sustancialmente dice lo siguiente:

Que desestimo la demanda interpuesta por doña Juana Ocaña Aguilar y doña Dolores Gil López, frente a empleador don José Luis Fernández Sierra (fallecido), don Marco Andrés Davisón Unnasch y “Lion Invest Hispánica 2000, Sociedad Limitada”, absolviendo a los demandados de las pretensiones aducidas en su contra.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, anunciándolo ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y siguientes del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el “Banco Santander”, oficina 1846 de Málaga, a la cuenta corriente de este Juzgado número 4976-0000-67-0317-17, o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe. Asimismo, deberá constituir otro depósito por importe de 300,00 euros en la cuenta 4976-0000-65-0316-17 del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a este último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación.—La extiendo yo, el/la señor/a secretario/a, para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el ilustrísimo señor magistrado que la dictó celebrando audiencia pública. Reitero fe.

Y para que sirva de notificación en forma a “Lion Invest Hispanica 2000, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en la actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias, o se traten de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Málaga, a 15 de octubre de 2018.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.702/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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