Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
20-11-2018

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181120-27

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcalá de Henares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de 9 de noviembre de 2018, de la Junta de Gobierno Local, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo, edición 2018.

BDNS (Identif.): 423132

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex):

Primero. Beneficiarios.—Participantes: pueden presentar proyectos a esta convocatoria tanto las organizaciones no gubernamentales legalmente constituidas, individualmente o asociadas entre sí, las Administraciones públicas de los países en desarrollo y Entidades Locales de los países receptores.

Segundo. Finalidad.—Son objetivos generales de la presente convocatoria los programas, proyectos y/o actividades orientadas a:

— Contribuir a la satisfacción de las necesidades básicas de la población, entendiendo como tales las relacionadas con la alimentación, la vivienda, el acceso al agua potable y saneamiento básico, la salud, la educación, los servicios sociales, la implantación de pequeñas infraestructuras y un medio ambiente saludable.

— Impulsar, desarrollar y ejecutar acciones de desarrollo social, político y económico; reparación de daños medioambientales y atención integral de las necesidades socioeconómicas de la comunidad destinataria, siempre desde criterios de sostenibilidad medioambiental.

— La promoción y defensa de los derechos humanos en aquellos países donde existan informes de organismos de reconocida solvencia que existen violaciones sistemáticas o en países para los que Naciones Unidas haya nombrado un Relator Especial.

— Fomentar la educación para el desarrollo. Comprende acciones de sensibilización, formación para el desarrollo sostenible y movilización social, ejecutadas en la ciudad de Alcalá de Henares, así como la información y extensión de las iniciativas de comercio justo y consumo responsable.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 9 de noviembre de 2018, publicadas en la página web http://www.ayto-alcaladehenares.es

Cuarto. Importe.—Importe máximo de la convocatoria: 67.000 euros.

El importe de la subvención será el valorado por una comisión técnica y relacionado con las puntuaciones obtenidas por el proyecto, de acuerdo a la valoración que figura en las bases, estableciéndose la distribución económica en función de la petición concreta de la entidad y la disponibilidad económica de la convocatoria.

El importe subvencionado no deberá superar el 70 por 100 del coste total del proyecto para el que se presenta la petición de subvención.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contando desde el día siguiente al del registro de la convocatoria de estas subvenciones en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Sexto. Otros datos.—Cada entidad y/o ONGD participante podrá presentar un máximo de dos proyectos.

Del total de la dotación presupuestada para la presente convocatoria, 67.000 euros; de acuerdo a los objetivos y prioridades que se han establecido, la distribución será de la siguiente manera:

— Cooperación al Desarrollo: 60.840 euros (90,81 por 100).

— Sensibilización-Educación: 6.160 euros (9,19 por 100).

La cuantía establecida en el concepto de “Sensibilización-Educación” será subsumida entre las ONG que obtengan subvención y señalada expresamente en la resolución de las subvenciones, aunque esa parte será destinada al fin de Sensibilización-Educación y será justificada específicamente tal y como se recoge en el punto 16.2 y otros de las bases.

Alcalá de Henares, a 12 de noviembre de 2018.—El concejal-delegado de Derechos Humanos y Cooperación, Javier Galán Blanco.

(03/36.580/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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