Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
20-11-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181120-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8

61
Leganés número 8. Procedimiento 920 de 2017, notificación a Cooperativa Viviendas San Juan

EDICTO

Doña Matilde García Moreno, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 8 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 920 de 2017, se ha acordado citar a “Cooperativa Viviendas San Juan”, en calidad de perjudicado/a, para asistir a la celebración de la vista del juicio oral, el 13 de diciembre de 2018, a las doce y diez horas, en la Sala de vistas J7 y J8, planta segunda.

Prevenciones legales

1. Se le hace saber que el juicio podrá celebrarse sin su presencia, y con apercibimiento de que si reside en la demarcación de este Juzgado y no comparece ni alega justa causa que se lo impida, podrá imponérsele una multa de 200 a 2.000 euros, y demás perjuicio que hubiere lugar en derecho.

2. Conforme al artículo 109 de la LECR, como perjudicado, tiene derecho a mostrarse parte en el proceso y renunciar o no a la restitución de la cosa, reparación del daño e indemnización del perjuicio causado por el hecho punible; y, conforme al artículo 110 del mismo texto legal, tiene derecho a mostrarse parte en la causa y ejercitar las acciones civiles y penales que procedan o solamente unas u otras, según les conviniere, sin que por ello se retroceda en el curso de las actuaciones. Aun cuando no se muestre parte en la causa, no por esto se entiende que renuncian al derecho de restitución, reparación o indemnización que a su favor puede acordarse en sentencia firme, siendo menester que la renuncia de este derecho se haga, en su caso, de una manera expresa y terminante.

3. De mostrarse parte en la causa, deberá comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (testigos, documentos, peritos...).

4. Puede acudir asistido de abogado/a, si bien no es obligatorio.

5. Se le hace saber que en su primera comparecencia debe designar, si dispone de ellos, una dirección de correo electrónico y un número de teléfono a los que se les remitirá las comunicaciones y notificaciones.

Resumen de los hechos objeto de la denuncia

Hechos: usurpación.

Lugar: Leganés.

Fecha de los hechos: 28 de noviembre de 2017.

Denunciado/a: doña Marta Moreno Serrano.

Y para que conste y sirva de citación a “Cooperativa Viviendas San Juan”, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente.

En Leganés.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/36.344/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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