Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
21-11-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181121-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

147
Madrid número 26. Procedimiento 244 de 2018, notificación a Cable Colt Comunicaciones, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 244 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julio César Bodero Vásquez, frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Cable Colt Comunicaciones, Sociedad Limitada”, Tesorería General de la Seguridad Social, y Mutua Universal Mugenat número 010, sobre Seguridad Social, se ha dictado decreto de desistimiento, de fecha 24 de octubre de 2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por desistida a la parte actora, don Julio César Bodero Vásquez, de la acción ejercitada en este procedimiento, y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente, una vez firme la presente resolución.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, en la entidad “Banesto”, número 2524-0000-62-0244-18.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cable Colt Comunicaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 24 de octubre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/36.390/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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