Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
21-11-2018

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181121-60

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

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Madrid. Sección Vigésima Cuarta. Procedimiento 850 de 2018, notificación a Orlando Fabián Tapia Chacón

Sección Vigésima Cuarta

EDICTO

Don Manuel Elola Somoza, letrado de la Administración de Justicia de la Sección Vigésima Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en este Tribunal se sigue el recurso de apelación número 859 de 2018 a instancias de la procuradora doña María del Carmen Echavarría Terroba, en nombre y representación de doña Mónica Leonela Lovato Cueva, contra don Orlando Fabián Tapia Chacón, declarado en rebeldía procesal, sobre divorcio, en el que se ha dictado sentencia, en fecha 10 de octubre de 2018, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Debemos estimar parcialmente el recurso de apelación formulado por la representación procesal de doña Mónica Leonela Lovato Cueva, frente a la sentencia de 2 de marzo de 2018, dictada en autos de divorcio número 79 de 2017 del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid, que se revoca en el sentido de fijar que don Orlando deberá abonar como alimentos para sus hijas la suma mensual de 300 euros, a razón de 150 euros para cada hija. Pensión que se abonará por meses adelantados, entre el 1 y el 10 de cada mes, mediante ingresos en la cuenta bancaria que al efecto se designe y que se actualizará cada mes de enero, al alza, según las variaciones del Índice de Precios al Consumo.

Todo ello sin hacer especial imposición de las costas procesales devengadas en esta apelación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma puede caber la interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y/o casación si se dan algunos de los supuestos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, para ante el Tribunal Supremo, en el plazo de veinte días.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte apelada, declarada en situación procesal de rebeldía, don Orlando Fabián Tapia Chacón, pese a las diligencias y averiguaciones practicadas para ello, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por medio de la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia de la Sección (firmado).

(03/36.395/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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