Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
21-11-2018

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181121-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13

81
Madrid número 13. Procedimiento 898 de 2018, notificación a Jhony Lara

EDICTO

Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 898 de 2018 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 350 de 2018

En Madrid, a 16 de octubre de 2018.—Don Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 13 de Madrid, habiendo visto y examinado los presentes autos de juicio sobre delito leve seguidos ante la misma con el número 898 de 2018, en los que aparecen como denunciante la entidad “Sareb” y como parte denunciada don Jhony Lara, don Gersin Comas Pujols, don Wilden Manuel Jiménez Brito y doña Laura Lucero Martínez Pérez, asistidos de sus respectivos letrados, siendo parte el ministerio fiscal, ha dictado la presente sentencia en base a los siguientes

Fallo

Que debo absolver y absuelvo libremente del delito leve que se imputaba en los presentes autos a don Jhony Lara, don Gersin Comas Pujols, don Wilden Manuel Jiménez Brito y doña Laura Lucero Martínez Pérez, declarando las costas de oficio.

Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las partes, instruyéndolas de su derecho a recurrirla en apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el término de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaría, haciéndoles saber que el recurso deberá ser formalizado ante este Juzgado mediante escrito, durante este plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme establece el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a las actuaciones originales y se incluirá en el libro de sentencias, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el señor magistrado-juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el día de hoy, que es el día de su fecha. De lo que yo, el letrado de la Administración de Justicia, doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Jhony Lara, don Gersin Comas Pujols y doña Laura Lucero Martínez Pérez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 23 de octubre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.985/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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