Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
22-11-2018

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181122-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE AJALVIR

RÉGIMEN ECONÓMICO

39
Ajalvir. Régimen económico. Ordenanza impuesto bienes inmuebles

El Pleno del Ayuntamiento de Ajalvir, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de octubre de 2018, acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, procediéndose a la publicación del texto de la modificación:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA SOBRE IMPUESTOS DE BIENES E INMUEBLES

Se acuerda modificar el artículo 12.1, tipo de gravamen, aplicable a los bienes e inmuebles de naturaleza urbana que en la actualidad son del 0,51 por 100 y se aprueba reducir al tipo de gravamen al 0,50 por 100 para el ejercicio 2019.

Dicho expediente queda expuesto al público en las oficinas municipales por plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de examen y reclamación. De no formularse reclamaciones se elevará la aprobación a definitiva, sin ser necesario nuevo acuerdo plenario.

En caso de aprobarse definitivamente, el tipo de gravamen del IBIU será del 0,50 por 100.

En Ajalvir, a 19 de noviembre de 2018.—El alcalde, Antonio Martín Méndez.

(03/37.660/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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