Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
22-11-2018

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181122-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VENTURADA

URBANISMO

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Venturada. Urbanismo. Recepción tácita urbanización

La Alcaldía de este Ayuntamiento ha aprobado definitivamente mediante resolución 567/2018, de 16 de abril, la declaración de reconocimiento de la recepción tácita de la obra de urbanización de la urbanización “Los Cotos de Monterrey”, de este municipio, con los efectos que para el Ayuntamiento conlleva el reconocimiento de dicha recepción conforme al artículo 136 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Lo que, en cumplimiento de la misma, se hace público, para general conocimiento.

Contra la referida resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, ante el alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Asimismo, se podrá ejercitar cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Venturada, a 16 de octubre de 2018.—El alcalde, Daniel Caparrós López.

(02/34.330/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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