Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
22-11-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181122-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 84

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Madrid numero 84. Procedimiento 1.022 de 2017, notificación a Smart Innovation Global Services, S. L., y otros

EDICTO

Doña Ana Isabel García García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 84 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 1.022 de 2017, instados por el abogado del Estado, en nombre y representación de la Agencia Estatal de Investigación, contra “Smart Innovation Global Services, Sociedad Limitada”, y “Avantia XXI Global, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado en fecha 16 de octubre de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo la demanda presentada por la Agencia Estatal de Investigación, contra “Avantia XXI Global, Sociedad Limitada”, y en consecuencia, condeno a dicha entidad a abonar a la Agencia Estatal de Investigación la cantidad de 2.987,85 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde el anticipo realizado por la demandante, incrementado en dos puntos desde la fecha de la sentencia. Todo ello con expresa condena en costas de las que responderá “Avantia XXI Global, Sociedad Limitada”.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme, al no ser susceptible de recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.—Ilustrísima señora doña María del Carmen Fernández, magistrada del Juzgado de primera instancia número 84 de Madrid.

Diligencia.—En Madrid, a 16 de octubre de 2018.

Se extiende la presente para hacer constar que en el día de la fecha ha sido depositada la anterior sentencia en la oficina judicial una vez extendida y firmada por su señoría. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados “Smart Innovation Global Services, Sociedad Limitada”, y “Avantia XXI Global, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 16 de octubre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/36.622/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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