Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
23-11-2018

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181123-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

42
Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Corrección de errores bases reguladoras de la convocatoria para ayuda por nacimiento en el año 2017-2018 y/o adopción/acogida de menores de tres años durante el año 2017-2018

BDNS (Identif.): 418275

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puedo consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)

Primero.—Se modifica la base 4, “Requisitos de los beneficiarios”, apartado 4):

Donde dice:

“4)  Estar empadronados y residir todos los miembros de la unidad familiar en domicilio de residencia legal en Hoyo de Manzanares, durante seis meses consecutivos inmediatos anterior al día de nacimiento del niño o de su adopción o acogida.

Se entenderá por unidad familiar el conjunto de las personas relacionadas en el libro de familia. En el caso de separación legal, nulidad o divorcio, estar empadronados la madre y/o el padre, o en su caso el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor”.

Debe de decir:

“4)  Estar empadronados y residir en domicilio de residencia legal en Hoyo de Manzanares, durante seis meses consecutivos inmediatos anterior al día de nacimiento del niño o de su adopción o acogida, del padre o madre, y el recién nacido desde su nacimiento.

Se entenderá por unidad familiar el conjunto de las personas relacionadas en el libro de familia. En el caso de separación legal, nulidad o divorcio, estar empadronados la madre y/o el padre, o en su caso el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor”.

Segundo. Solicitudes.—El plazo de solicitud será de cinco días hábiles desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la corrección de errores.

Hoyo de Manzanares, a 21 de noviembre de 2018.—El alcalde-presidente, José Ramón Regueiras García.

(03/37.875/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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