Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
26-11-2018

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181126-83

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 3

83
Torrejón de Ardoz número 3. Procedimiento 653 de 2017, notificación a Desatrancos y Saneamientos Algete, S. L., y otros

EDICTO

Doña María Ángeles Fernández Cruz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3 de Torrejón de Ardoz.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 653 de 2017, instados por la procuradora doña Yolanda de Lope Amor, en nombre y representación de “Ibercaja Leasing y Financiación, Sociedad Anónima”, contra “Desatrancos y Saneamientos Algete, Sociedad Limitada” y don Alejandro Jacobo Morera López, en los que se ha dictado el 8 de mayo de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 144 de 2018

En Torrejón de Ardoz, a 9 de mayo de 2018.—Doña Alicia Visitación Martín, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Torrejón de Ardoz, ha visto los presentes autos que se siguen en este Juzgado bajo el número de procedimiento 653 de 2017, a instancias de “Ibercaja Leasing y Financiación, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Yolanda de Lope Amor y asistida del letrado don Javier Jiménez Domínguez, frente a “Desatrancos y Saneamientos Algete, Sociedad Limitada” y don Alejandro Jacobo Morera López.

Fallo

Se estima la demanda interpuesta por la procuradora doña Yolanda de Lope Amor, en nombre y representación de “Ibercaja Leasing y Financiación, Sociedad Anónima”, frente a “Desatrancos y Saneamientos Algete, Sociedad Limitada” y don Alejandro Jacobo Morera López, y, en consecuencia:

1. Se declara resuelto el contrato de arrendamiento financiero firmado entre las partes objeto de autos.

2. Se condena a la demandada, de forma conjunta y solidaria, al abono de la cantidad de 2.366,66 euros y de una renta mensual por cada mes que transcurra desde la liquidación del contrato hasta que se recupere la posesión efectiva del bien, tomándose como base de la liquidación de las rentas futuras la cantidad expresada como renta vigente en los hechos probados, más los intereses legales. Con condena en costas a la parte demandada.

Auto

En Torrejón de Ardoz, a 18 de septiembre de 2018.

Parte dispositiva:

Se acuerda suplir la omisión padecida en el fallo de la sentencia de 8 de mayo de 2018, incluyendo en el mismo los siguientes pronunciamientos:

“3. Se condena a la parte demandada a la inmediata entrega a la actora del bien objeto del contrato: minicargadora matrícula E-3302-BFV, marca “Eurocomach”, modelo ESK 150.4, con número de fabricación 15B18”.

Todo ello a los efectos legales oportunos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, contra la que no cabe recurso. Así lo acuerda, manda y firma doña Alicia Visitación Martín, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Torrejón de Ardoz, de lo que doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados “Desatrancos y Saneamientos Algete, Sociedad Limitada” y don Alejandro Jacobo Morera López y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de los interesados en la Secretaría de este Tribunal.

En Torrejón de Ardoz, a 18 de octubre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/36.787/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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