Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
28-11-2018

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181128-42

Páginas: 9


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

OFERTAS DE EMPLEO

42
Collado Villalba. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Habiéndose aprobado en Junta de Gobierno Local celebrada en sesión ordinaria el 25 de octubre de 2018, las Bases de la convocatoria para cubrir con carácter de funcionario de carrera de 4 plazas de técnicos de Administración General en el Ayuntamiento de Collado Villalba mediante proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal, se procede a su publicación:

BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR CON CARÁCTER

DE FUNCIONARIO DE CARRERA 4 PLAZAS DE TÉCNICO

DE ADMINISTRACIÓN GENERAL EN EL AYUNTAMIENTO DE

COLLADO VILLALBA MEDIANTE PROCESO EXTRAORDINARIO

DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL

Primera. Objeto de la convocatoria.—Es objeto de la presente convocatoria la cobertura de 4 plazas de Técnico de Administración General, funcionarios de carrera, grupo A1, Escala de Administración General, Subescala Técnica incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2005 (1) y 2008 (3), mediante proceso extraordinario de tasa adicional de estabilización de empleo temporal reconocido en el artículo 19.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Segunda. Legislación aplicable.—La legislación aplicable a la convocatoria y la realización de las pruebas selectivas, se ajustará a lo previsto en las presentes Bases y en lo no previsto en las mismas se ajustará a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y a las Bases generales de las convocatorias para proveer en propiedad plazas de funcionarios y personal laboral aprobadas por acuerdo de junta de Gobierno Local de fecha de 14 de febrero de 2008 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 25 de febrero de 2008.

Tercera. Requisitos de los aspirantes.—3.1 Para ser admitidos en las pruebas selectivas será necesario reunir los requisitos que establece el apartado 3 de las Bases Generales aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha de 14 de febrero de 2008 publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de fecha de 25 de febrero de 2008.

3.2. En cuanto a la titulación a la que se refiere el apartado e) será la siguiente: Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho o Titulación de Grado equivalente o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

3.3. Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias.

Cuarta. Características de las plazas.—Las plazas convocadas corresponden a personal funcionario de carrera, grupo A1, escala de Administración General, Subescala Técnica.

Quinta. Régimen de incompatibilidades.—Los aspirantes que resulten nombrados para estas plazas quedarán sometidos, desde el momento de su toma de posesión, al régimen de incompatibilidades vigente y no podrán simultanear el desempeño de aquéllas con el de cualquiera otra plaza, cargo o empleo remunerado con fondos de cualquier otra Administración Pública.

Sexta. Forma y plazo de presentación de instancias.—6.1. Forma y lugar de presentación.

Se ajustará a los previsto en el apartado 6 de las Bases generales para proveer en propiedad plazas de funcionarios y personal laboral aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha de 14 de febrero de 2008 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de fecha de 25 de febrero de 2008, que establece que las instancias se presentarán en el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Collado Villalba en el horario que puede consultarse en la página web del Ayuntamiento de Collado Villalba y en las direcciones y teléfonos que a continuación se especifican:

1. Plaza de la Constitución número 1 (teléfonos: 91 856 28 50 / 91 856 28 53).

2. C/Real número 26 (teléfono 91 856 29 90).

Asimismo, se podrán presentar las instancias en la forma en que se determina en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6.2. Documentación a acompañar.

Se ajustará a lo previsto en el apartado 6.4 y 6.5 de las Bases generales para proveer en propiedad plazas de funcionarios y personal laboral aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha de 14 de febrero de 2008 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47 de fecha de 25 de febrero de 2008.

En todo caso, deberán acompañar a la solicitud:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, pasaporte o carnet de conducir.

b) Documento acreditativo de haber ingresado los derechos de examen a los que se refiere la base 7 de las presentes bases

c) Documentación acreditativa de los méritos alegados a tener en cuenta. Las personas que aleguen méritos, deberán aportar los documentos que sirvan de prueba para la justificación de aquellos, debiendo venir compulsadas por el Organismo expedidor o, en su defecto, por este Ayuntamiento.

d) No serán tenidos en cuenta los méritos alegados y que no se hayan presentado en el plazo y la forma anteriormente mencionados.

No se valorarán, en ningún caso, los méritos que no se justifiquen con la documentación adecuada. Las personas que aleguen méritos, deberán aportar los documentos que sirvan de prueba para la justificación de aquellos, debiendo venir compulsados por el Organismo expedidor o, en su defecto, por este Ayuntamiento.

La falta de presentación de los documentos citados en el apartado c) no supondrán la exclusión de los aspirantes a las pruebas selectivas, aunque significará una valoración de cero puntos en el concurso.

La falta de presentación de instancia oficial y del justificante de pago de los derechos de examen, supondrá la exclusión de los aspirantes a las pruebas selectivas.

La fecha límite para la alegación de los méritos señalados anteriormente, así como la presentación de documentos relativos a los mismos, será la fecha de finalización de plazo de presentación de instancias.

Según lo establecido en las Ordenanzas Fiscales aprobadas por el Ayuntamiento de Collado Villalba se deberá abonar la cantidad de 3,61 euros por la compulsa de documentos (por el conjunto de documentos) presentados para pruebas selectivas de personal convocados por este Ayuntamiento. Las tasas han de abonarse, previamente a la presentación de la documentación en el Servicio de Atención al Ciudadano, en la cuenta bancaria de “Bankia” número 2038-2423-37-6000014060.

Séptima. Derechos de examen.—Se ajustará a los previsto en el apartado 6.7 de las Bases generales para proveer en propiedad plazas de funcionarios y personal laboral aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha de 14 de febrero de 2008 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de fecha de 25 de febrero de 2008.

Los derechos de examen de esta convocatoria ascienden a veintiún euros con ochenta y siete céntimos (21,87 euros) cuyo importe se hará efectivo a través de cualquier sucursal de “Bankia”, cuenta corriente número 2038-2423-37-6000014060, debiendo indicar en el impreso el nombre y apellidos del aspirante, y haciéndose constar la inscripción en las pruebas selectivas de 4 plazas de técnico de administración general del Ayuntamiento de Collado Villalba.

Según lo dispuesto en las Bases generales para proveer en propiedad plazas de funcionarios de carrera y de personal laboral fijo, estarán exentos de pago con una reducción del 100 por 100 de la cuota:

a) Aquellas personas que se encuentren en situación de desempleo y no perciban prestación, debiendo justificar esta situación junto con la instancia, mediante certificado expedido por el INEM con fecha actualizada y en el que se haga constar expresamente que “ no percibe prestación por desempleo”.

b) Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, debiendo estos presentar certificado actualizado acreditativo de la discapacidad, expedido por el organismo competente.

No obstante, de conformidad con el 16.6 del artículo 39/2015 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el importe de la tasa por derechos de examen podrá hacerse efectivo mediante transferencia dirigida a la oficina pública correspondiente en el momento de la presentación de documentos a las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de su abono por otros medios.

Octava. Admisión de candidatos.—Se ajustará a lo previsto en el apartado 7 de las Bases Generales para proveer en propiedad plazas de funcionarios y personal laboral aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha de 14 de febrero de 2008 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47 de fecha de 25 de febrero de 2008.

Novena. Tribunal.—El órgano de selección se ajustará a lo previsto en el apartado 8 de las Bases generales para proveer en propiedad plazas de funcionarios y personal laboral aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha de 14 de febrero de 2008 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47 de fecha de 25 de febrero de 2008.

El Tribunal calificador quedará constituido por los siguientes miembros:

A) Presidente.

B) Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto.

C) 4 Vocales.

Las propuestas de nombramiento de vocales incluirán un titular y un suplente.

El régimen de funcionamiento del Tribunal será el previsto en las Bases generales para proveer en propiedad plazas de funcionarios y personal laboral.

Los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

El tribunal de selección examinará y valorará las solicitudes de adaptaciones que hayan hecho constar los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por 100 en las solicitudes de participación en la convocatoria, opten o no a plaza reservada, y resolverá según criterio fundado. En aquellos supuestos en los que se susciten dudas acerca de la oportunidad de acceder a la adaptación solicitada, se pedirá asesoramiento a expertos y, en su caso, la colaboración de los órganos técnicos competentes, pudiendo oír, asimismo, al interesado. Sólo se considerarán aquellas solicitudes relativas a adaptaciones que tengan por objeto salvar limitaciones de un aspirante en la realización de las pruebas, para que pueda participar en las mismas condiciones de igualdad de oportunidades.

El tribunal de selección, si tuviese dudas razonables sobre la capacidad funcional de un aspirante, podrá consultar a los órganos competentes, sin que por ello se interrumpa el proceso selectivo. De acuerdo con ello, el aspirante sobre el que se susciten dudas continuará su participación en el proceso selectivo de modo condicional.

La resolución del tribunal calificador que ponga fin al proceso selectivo podrá ser impugnada por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Décima. Procedimiento de selección.—El proceso selectivo será por concurso - oposición libre, que constará de las siguientes fases:

A) FASE DE CONCURSO Y CALIFICACIÓN. NORMAS GENERALES DE LA FASE DE CONCURSO

Consistirá en la calificación de los méritos que se señalan a continuación y que resulten debidamente acreditados por los aspirantes. La puntuación máxima que se puede obtener en la fase de concurso es de 10 puntos.

La experiencia como personal laboral se acreditará necesariamente mediante vida laboral que facilita la Tesorería General de la Seguridad Social, teniendo potestad el Tribunal de Selección para solicitar los documentos que estime oportunos a los efectos de comprobar la experiencia en el puesto de trabajo del aspirante.

Los servicios prestados en calidad de funcionarios en Administraciones Públicas se acreditarán mediante certificado de la Secretaría u órgano competente. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Collado Villalba, se acreditarán por el Área de Personal.

Los cursos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título.

La calificación de la fase de concurso, se hará pública con respecto a aquellos aspirantes que hayan aprobado la prueba de la fase de oposición.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso para hacer alegaciones.

B) VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS DE LOS ASPIRANTES

B.1. Experiencia profesional. Se valorará con un máximo de 9 puntos:

a) Por experiencia profesional en el Ayuntamiento de Collado Villalba, en puestos de trabajo iguales a los de la plaza por la que se opta. Por cada seis meses de servicios prestados: 0,50 puntos, hasta un máximo de 9 puntos.

b) Por experiencia profesional en otras Administraciones públicas, en puestos de trabajo de iguales categoría a los de la plaza por la que se opta. Por cada seis meses de servicios prestados, 0,25 puntos, hasta un máximo de 2,5 puntos.

Los períodos de servicios inferiores a 6 meses serán valorados proporcionalmente por meses completos.

B.2. Formación: Se valorará con un máximo de 1 punto:

a) Por haber realizado cursos relacionados con la plaza objeto de la convocatoria cuya adecuación será apreciada libremente por el tribunal. Los cursos tendrán que haber sido impartidos por Entidades Oficiales o Empresas Privadas Especializadas con las materias de la plaza objeto de la convocatoria.

— Inferior a 10 horas: 0,10 puntos.

— 10 a 20 horas: 0,15 puntos.

— De 21 a 40 horas: 0,25 puntos.

— De 41 a 80 horas: 0,40 puntos.

— De 81 a 100 horas: 0,60 puntos.

— De 101 horas en adelante: 0,80 puntos.

La fase de concurso supondrá el 45 por 100 de la calificación definitiva.

C) FASE DE OPOSICIÓN Y CALIFICACIÓN

La fase de oposición supondrá el 55 por 100 de la calificación definitiva.

C.1. Contenido de la fase de oposición:

La fase de oposición consistirá en una única prueba, que constará de un ejercicio teórico-práctico, que se desarrollará en dos fases:

a) Presentación de una Memoria mediante la cual se valorarán los conocimientos sobre el contenido de uno o varios de los temas recogidos en el Anexo de esta convocatoria. La temática de la memoria se elegirá libremente por el aspirante teniendo en cuenta los temas que figuran en el Anexo.

La memoria, que no excederá de 50 folios escritos a ordenador, (el formato de la letra será: fuente verdana, tamaño 12, estilo normal, interlineado de 1,5) por una sola cara, se presentará por triplicado en los lugares y formas establecidos en la Base 6 de esta convocatoria dirigida al Presidente del Tribunal de Selección de esta convocatoria, en el plazo máximo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos.

La falta de presentación de la memoria por parte de un aspirante en dicho plazo improrrogable, supondrá la automática eliminación de éste.

b) Defensa oral de la Memoria. La Memoria será defendida oralmente ante el Tribunal en el tiempo que se determine por este órgano, sin que pueda ser superior a 15 minutos. Tras la exposición el Tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido de la memoria.

La falta de presentación de un aspirante a la defensa oral de la memoria determinará la no superación de la oposición.

Para su defensa oral, el Tribunal realizará el llamamiento a los aspirantes que hayan presentado memoria, mediante publicación del día, hora y lugar de celebración de esta fase. Dicha publicación se efectuará en el Tablón de Anuncios de la página web del Ayuntamiento de Collado Villalba.

C.2. Calificación de la oposición: la fase de la oposición se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para superar esta prueba.

Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del tribunal exista una diferencia de tres o más puntos entre las calificaciones máxima y mínima, serán automáticamente excluidas y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes.

En el supuesto en que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en tres o más puntos, sólo se eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.

Undécima. Calificación definitiva.—La calificación definitiva se obtendrá de la suma de las puntuaciones de cada fase (fase de concurso y de oposición), de aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición, estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación.

A. La puntuación máxima de la fase de concurso (10 puntos) equivaldrá al 45 por 100 de la calificación definitiva.

B. La puntuación máxima de la fase de oposición (10 puntos) equivaldrá al 55 por 100 de la calificación definitiva.

En caso de empate en la puntuación de dos o más aspirantes, se seguirán los siguientes criterios:

1.o Figurará en primer lugar el aspirante que haya obtenido más nota en el ejercicio de la fase de oposición.

2.o En caso de nuevo empate, figurará en primer lugar el aspirante que haya obtenido más nota en la fase de concurso.

3.o Si persiste el empate, figurará en primer lugar el aspirante que haya obtenido más nota en el apartado de experiencia profesional en el Ayuntamiento de Collado Villalba.

ANEXO

Materias comunes

1. La Constitución española de 1978: Principios que informan la Constitución de 1978. Título Preliminar de la Constitución. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución. Garantías y tutela de los derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución. La suspensión. La reforma constitucional.

2. Defensor del pueblo en la Constitución. Nombramiento. Organización. Competencias. Relaciones de éste con la Administración.

3. La jefatura de Estado: La Corona. Funciones constitucionales. Sucesión. Regencia. Refrendo.

4. Las Cortes Generales: Composición. Atribuciones. Funcionamiento. Organización. La elaboración de las leyes.

5. El Gobierno: Composición, organización y funciones. Miembros del Gobierno: requisitos de acceso, nombramiento y cese. Iniciativa legislativa y potestad reglamentaria del Gobierno.

6. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Organización. Competencias. La regulación constitucional de la justicia.

7. La organización territorial del Estado en la Constitución. La administración local. El principio de autonomía local y su garantía institucional. Su contenido en la Constitución y en el ordenamiento básico estatal.

8. Las Comunidades Autónomas. Las vías de acceso a la autonomía. Estatutos de autonomía. Régimen de competencias. Relación entre el Estado y las CCAA.

9. La Comunidad de Madrid: Instituciones de gobierno. Organización y atribuciones. Competencias de la Comunidad de Madrid.

10. La justicia constitucional. El Tribunal Constitucional: naturaleza. Organización. Funciones. Composición. Competencias. La jurisprudencia constitucional. Los conflictos constitucionales. Procesos de declaración de inconstitucionalidad. Recurso de amparo constitucional.

11. El principio de legalidad. Las fuentes del Derecho público. Concepto. Enumeración. Jerarquía. La ley como fuente del Derecho administrativo. Clases. Disposiciones del Gobierno con fuerza de ley: Decretos-Leyes y otras medidas excepcionales. Legislación delegada. La reserva de Ley.

12. El Reglamento. Concepto. Clases. Procedimiento de elaboración. Limites de la potestad reglamentaria. Defensa contra los reglamentos ilegales. Instrucciones. Circulares. La costumbre. La práctica administrativa. Los principios generales del Derecho. Los Tratados Internacionales: su valor en el Derecho Interno. Jurisprudencia y Doctrina.

13. Principios reguladores de la Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado en su Ley Reguladora. Órganos centrales y su estructura. Órganos territoriales. Especial referencia al Delegado del Gobierno en las Comunidades Autónomas. Estructura de los servicios periféricos.

14. La 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ámbito de aplicación. Objeto de la Ley. Principios Generales. Estructura.

15. La Administración Local: Entidades que comprende. La legislación de Régimen Local. Las reformas introducidas por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local

16. El municipio: concepto legal. Elementos. Organización y competencias del régimen común. Creación, modificación y extinción del municipio.

17. El sistema tributario español. Principios, estructura y evolución. Especial referencia a la Ley General Tributaria en las materias de obligaciones tributarias, obligaciones y deberes de la administración tributaria y los derechos y garantías de los obligados tributarios.

18. Legislación aplicable en materia de Haciendas Locales. Competencias de la Entidades Locales en materia tributaria. Recursos de las Haciendas Locales.

Materias específicas

1. Formación y evolución histórica del urbanismo en España. Legislación urbanística vigente.

2. Organización administrativa del urbanismo. Órganos competentes en materia de urbanismo: Estado, Comunidades Autónomas y Municipios

3. Régimen del Suelo en la Comunidad de Madrid. Clasificación. Derechos y Deberes.

4. Ordenación del Territorio en la Comunidad de Madrid (I): Planeamiento Urbanístico: concepto y valor normativo. Clases, objeto y ámbito territorial.

5. Ordenación del Territorio en la Comunidad de Madrid (II): El Plan General de Ordenación Urbana. Objeto. Determinaciones. Contenido. Procedimiento para su formulación y aprobación.

6. Ordenación del Territorio en la Comunidad de Madrid (III): Planeamiento de desarrollo. Los Planes Parciales: Objeto. Los Planes Especiales: Clases, contenido y procedimiento. Otros instrumentos de ordenación del territorio: Estudio de Detalle y Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos. Modificación y revisión de los instrumentos de ordenación del territorio.

7. Plan General de Ordenación Urbana y Ordenanzas en materia de urbanismo del Ayuntamiento de Collado Villalba.

8. Ejecución del Planeamiento en el ámbito de la Comunidad de Madrid (I): Concepto. Áreas de reparto. Unidades de Ejecución. Requisitos.

9. Ejecución del Planeamiento en la Comunidad de Madrid (II): Los Proyectos de Urbanización. Contenido sustantivo y documental. Formulación y aprobación.

10. Ejecución del Planeamiento en la Comunidad de Madrid (III): Los diferentes sistemas de Ejecución de los Planes Urbanísticos. Principios Generales. El sistema de Compensación. El sistema de Cooperación. El sistema de Expropiación. El sistema de Ejecución Forzosa.

11. Los convenios Urbanísticos. Concepto, Procedimiento.

12. Intervención en la edificación y uso del suelo en la Comunidad de Madrid: licencias, clases. Competencias. Actos promovidos por las administraciones públicas. Características. Concepto. Requisitos y efectos de las licencias urbanísticas. Actividades con calificación medio-ambiental.

13. Disciplina Urbanística en la Comunidad de Madrid (I). La inspección urbanística. La Protección de la legalidad urbanística. El deber de conservación. Ordenes de ejecución. La declaración de ruina. Procedimiento.

14. Disciplina Urbanística en la Comunidad de Madrid (II): Procedimiento sancionador. Infracciones urbanísticas y su sanción. Régimen General y específico. Competencia y procedimiento. Prescripción.

15. El Patrimonio Municipal de suelo. Constitución y naturaleza. Bienes integrantes y destino.

16. Presupuesto de las Entidades Locales. Principios generales. Integración y documentos de que constan. Procedimientos de aprobación del presupuesto local. Ejecución y liquidación del presupuesto.

17. Los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito. Transferencias de crédito. Otras modificaciones presupuestarias. Ejecución del presupuesto: Autorización de gastos y ordenación de pagos. Programas de inversiones. Liquidación del presupuesto. Régimen económico - financiero de las empresas dependientes de los Entes Locales.

18. Régimen presupuestario de las empresas dependientes de los Entes Locales. Control e intervención de las Entidades Locales. Cuentas. Sujeción al régimen de contabilidad pública. Cierre del ejercicio económico. Censura de cuentas.

19. Elementos de los impuestos: el hecho imponible, el sujeto pasivo, el domicilio fiscal, la base imponible, el tipo de gravamen, la cuota tributaria.

20. La deuda tributaria. Aplazamiento y fraccionamiento. Prescripción, compensación, condonación e insolvencia.

21. Teoría de la imposición directa. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. El Impuesto sobre el Patrimonio. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

22. Teoría de la imposición indirecta. El Impuesto sobre el Valor Añadido. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

23. La Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas. Naturaleza. Estructura. Principios Generales. El Consejo de Política Fiscal y Financiera. Recursos de las Comunidades Autónomas. Fondos de compensación.

24. La gestión tributaria en la Administración Local. Competencia de las Entidades Locales. La gestión recaudatoria en la Administración Local. Órganos. Enumeración. Competencias.

25. Imposición y ordenación de los tributos locales. Las Ordenanzas fiscales. Contenido y procedimiento de elaboración. Reclamaciones en materia tributaria. Especial referencia al recurso de reposición tributario local.

26. Ingresos locales no impositivos. Ingresos de derecho privado. Subvenciones y otros ingresos de derecho público. Las tarifas de los servicios públicos.

27. Tasas y contribuciones especiales. Precios públicos. Régimen jurídico.

28. Imposición municipal: Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Impuesto sobre Actividades Económicas.

29. Imposición municipal: El Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. El Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

30. El control interno de la actividad económico-financiera de las entidades locales. La función interventora: ámbito subjetivo, modalidades y los reparos. Controles financieros, de eficacia y de eficiencia: ámbito subjetivo y objetivo.

31. El control externo de la actividad económico financiera de las entidades locales. El Tribunal de Cuentas y la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid. Las funciones fiscalizadora y jurisdiccional.

32. El contrato de trabajo. Concepto. Naturaleza. Sujetos. Elementos y eficacia del contrato de trabajo. Derechos y deberes laborales básicos.

33. Modalidades del contrato de trabajo. Los contratos en prácticas y para la formación. El contrato a tiempo parcial. Los contrato de trabajo de duración determinada.

34. Contenido del contrato de trabajo: Derechos y deberes básicos del contrato. Promoción en el trabajo. Salario y garantías salariales. Tiempo de trabajo.

35. Movilidad funcional y geográfica. Suspensión del contrato. Extinción del contrato. Infracciones y sanciones de los trabajadores. El despido disciplinario.

36. Las relaciones laborales. Derechos de sindicación y huelga. Los conflictos colectivos de trabajo. Los derechos de representación colectiva y de reunión de los trabajadores en las empresas. Sistemas de representación y participación en la Administración Pública.

37. La negociación y los convenios colectivos. La elaboración del convenio colectivo. La Comisión negociadora. Conclusión de la negociación. Eficacia normativa del convenio.

38. El convenio colectivo: contenido normativo y obligacional. La Comisión Paritaria. Convenios colectivos extraestatutarios e impropios.

39. Régimen general de la Seguridad Social: acción protectora. Contingencias protegibles. Régimen general de las prestaciones. Asistencia sanitaria: objeto. Contingencias cubiertas. Beneficiarios. Prestaciones médicas y farmacéuticas.

40. Contingencias cubiertas por la Seguridad Social: la incapacidad temporal. Incapacidad permanente. Jubilación.

41. La función pública (I): Concepto y clases de empleados públicos. Derechos individuales de los empleados públicos. Deberes de los empleados públicos y código de conducta.

42. La función pública (II): Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio. Pérdida de la relación de servicio. Situaciones administrativas. Incompatibilidades.

43. Régimen disciplinario de los empleados públicos: Procedimiento sancionador aplicable al personal funcionario de la administración local. Régimen aplicable al personal laboral al servicio de la administración local. Régimen aplicable a los Cuerpos de Policía Local. Especialidades de los funcionarios de la administración local con habilitación de carácter nacional.

44. La relación jurídico-administrativa. Nacimiento. Modificación. Extinción. Contenido de la relación. Potestad. La potestad administrativa. Potestades regladas. Potestades discrecionales. Discrecionalidad y conceptos jurídicos indeterminados. Límites y fiscalización de la discrecionalidad. Derecho subjetivo. Interés legítimo.

45. El ciudadano y la Administración. La capacidad del ciudadano frente a la Administración. Sus causas modificativas. Derechos del ciudadano frente a la Administración.

46. Los actos administrativos: concepto. Elementos. Clases. Requisitos.

47. La eficacia de los actos administrativos. Ejecutoriedad. Efectos. La ejecución forzosa de los actos administrativos. Principios generales. Medios de ejecución forzosa. Notificación. Publicación.

48. Invalidez de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad. La revisión de oficio. Conversión, conservación y convalidación. Corrección de errores materiales y de hecho.

49. El Procedimiento Administrativo (I): concepto. Interesados. Iniciación. Subsanación y mejora de la solicitud. Medidas provisionales. Ordenación. Términos y plazos.

50. Procedimiento Administrativo (II): Instrucción. Alegación. La prueba en el Procedimiento Administrativo. Informes. Participación de los interesados. Finalización. Terminación convencional. Resolución. Desistimiento y renuncia. Caducidad. Procedimientos especiales.

51. La obligación de la Administración de resolver. El silencio administrativo. Efectos.

52. Los recursos administrativos: Concepto. Principios generales. Interposición del recurso. Suspensión de la ejecución. Audiencia de los interesados. Resolución. Clases: Recurso de Alzada. Recurso de Reposición. Recurso de revisión.

53. El Recurso económico-administrativo. La materia económico-administrativo. Actos impugnables ante los Tribunales económico-administrativo. El recurso de reposición previo a la vía económico-administrativo. Tramitación de las reclamaciones.

54. La jurisdicción contencioso-administrativa. Naturaleza. Extensión. Límites. Sistemas de organización. Organos jurisdiccionales y sus competencias. El recurso contencioso-administrativo. Las partes. Procedimiento en Primera o única Instancia. Procedimiento abreviado.

55. La potestad sancionadora. Principios de la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador.

56. La responsabilidad de las Administraciones Públicas. Planteamiento. Evolución. Fundamento. Principios de la responsabilidad. La acción de responsabilidad. Procedimientos de responsabilidad patrimonial.

57. La expropiación forzosa: la potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación de la potestad expropiatoria. Sujetos. Objeto. La "causa expropiandi". Contenido. El Procedimiento expropiatoria. La declaración de necesidad de la ocupación. La garantía patrimonial de la expropiación. Las expropiaciones especiales.

58. Órganos de gobierno municipales (I): el Alcalde. Antecedentes históricos. Elección. Atribuciones. Moción de censura y cuestión de confianza. Los Tenientes de Alcalde. Régimen de organización de los municipios de gran población.

59. Órganos de gobierno municipales (II): el Pleno. Composición. Funciones. La Junta de Gobierno Local. Régimen de sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno Local. Los órganos complementarios. Régimen de organización de los municipios de gran población.

60. La población municipal. Concepto. Padrón municipal. Elección de concejales y del Alcalde. Normas electorales.

61. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales. Órganos titulares. Las Ordenanzas y Reglamentos. Distinción. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. La publicación de las normas locales.

62. Límites a la potestad reglamentaria local. Impugnación ante los tribunales. Los bandos. Naturaleza. Publicación. Límites e impugnación.

63. Los bienes de las Entidades Locales. Clases. El dominio público local. Bienes comunales. Los bienes patrimoniales de las Entidades locales. Los montes vecinales en mano común.

64. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa local en la actividad privada. El procedimiento de solicitud y concesión de licencias.

65. El servicio público local. Modos de gestión. La gestión directa. Los modos de gestión indirecta: concesión, gestión interesada, concierto, arrendamiento, sociedad mercantil de capital mixto y el consorcio.

66. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector público. Disposiciones generales: objeto y ámbito de aplicación de la ley. Negociados y contratos excluidos. Tipos contractuales: Contratos del sector público y Contratos sujetos a regulación armonizada.

67. Contratos del sector público (I): disposiciones generales sobre la contratación del sector público. Las partes del contrato: el órgano de contratación y el empresario. Capacidad y solvencia del empresario. Clasificación. Prohibiciones de contratar.

68. Contratos del sector público (II): Objeto, precio y cuantía del contrato.

69. Contratos del sector público (III): Normas generales de preparación de los contratos. Normas especiales para la preparación de determinados contratos, en especial, en los contratos de obras y en los contratos de concesión de obra pública.

70. Contratos del sector público (IV): La adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas: publicidad, licitación, selección del adjudicatario, obligaciones de información sobre el resultado del procedimiento y formalización del contrato.

71. Contratos del sector público (V): Procedimiento abierto, procedimiento abierto simplificado, procedimiento restringido y procedimiento con negociación. El diálogo competitivo, procedimiento de asociación para la innovación, concursos de proyectos.

72. Contratos del sector público (VI): Efectos de los contratos. Modificación. Extinción. La resolución de los contratos. Cesión y subcontratación de las entidades locales.

Collado Villalba, a 29 de octubre de 2018.—La alcaldesa, María Dolores Vargas Fernández.

(02/35.352/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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