Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
28-11-2018

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181128-43

Páginas: 8


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

OFERTAS DE EMPLEO

43
Collado Villalba. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Habiéndose aprobado en Junta de Gobierno Local celebrada en sesión ordinaria el 25 de octubre de 2018, las Bases de la convocatoria para cubrir con carácter de funcionario de carrera de 1 plaza de técnico de Formación y Desarrollo de Recursos Humanos en el Ayuntamiento de Collado Villalba mediante proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal, se procede a su publicación:

BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR CON CARÁCTER DE FUNCIONARIO DE CARRERA 1 PLAZA DE TÉCNICO DE FORMACIÓN Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS EN EL AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA MEDIANTE PROCESO EXTRAORDINARIO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL

Primera. Objeto de la convocatoria.—Es objeto de la presente convocatoria cubrir 1 PLAZA de Técnico de Formación y Desarrollo de Recursos Humanos, funcionario de carrera, grupo A1, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2004, mediante proceso extraordinario de tasa adicional de estabilización de empleo temporal reconocido en el artículo 19.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Segunda. Legislación aplicable.—La legislación aplicable a la convocatoria y la realización de las pruebas selectivas, se ajustará a lo previsto en las presentes Bases y en lo no previsto en las mismas se ajustará a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y a las Bases generales de las convocatorias para proveer en propiedad plazas de funcionarios y personal laboral aprobadas por acuerdo de junta de Gobierno Local de fecha de 14 de febrero de 2008 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 47 de 25 de febrero de 2008.

Tercera. Requisitos de los aspirantes.—3.1. Para ser admitidos en las pruebas selectivas será necesario reunir los requisitos que establece el apartado 3 de las Bases Generales aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha de 14 de febrero de 2008 publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 47, de fecha de 25 de febrero de 2008.

3.2. En cuanto a la titulación a la que se refiere el apartado e) será la siguiente: Estar en posesión del título de Licenciado en Psicología o Sociología o Titulación de Grado equivalente o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

3.3. Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias.

Cuarta. Características de las plazas.—Las plazas convocadas corresponden a personal funcionario de carrera, grupo A1, escala de Administración Especial, Subescala Técnica.

Quinta. Régimen de incompatibilidades.—Los aspirantes que resulten nombrados para estas plazas quedarán sometidos, desde el momento de su toma de posesión, al régimen de incompatibilidades vigente y no podrán simultanear el desempeño de aquéllas con el de cualquiera otra plaza, cargo o empleo remunerado con fondos de cualquier otra Administración Pública.

Sexta. Forma y plazo de presentación de instancias.—6.1. Forma y lugar de presentación: Se ajustará a los previsto en el apartado 6 de las Bases generales para proveer en propiedad plazas de funcionarios y personal laboral aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha de 14 de febrero de 2008 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 47, de fecha de 25 de febrero de 2008, que establece que las instancias se presentarán en el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Collado Villalba en el horario que puede consultarse en la página web del Ayuntamiento de Collado Villalba y en las direcciones y teléfonos que a continuación se especifican:

1. Plaza de la Constitución n. 1 (teléfonos: 918 562 850/918 562 853).

2. C/Real n.o 26 (teléfono 91 856 29 90).

Asimismo, se podrán presentar las instancias en la forma en que se determina en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6.2. Documentación a acompañar: Se ajustará a lo previsto en el apartado 6.4 y 6.5 de las Bases generales para proveer en propiedad plazas de funcionarios y personal laboral aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha de 14 de febrero de 2008 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 47 de fecha de 25 de febrero de 2008.

En todo caso, deberán acompañar a la solicitud:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, pasaporte o carnet de conducir.

b) Documento acreditativo de haber ingresado los derechos de examen a los que se refiere la base 7 de las presentes bases

c) Documentación acreditativa de los méritos alegados a tener en cuenta. Las personas que aleguen méritos, deberán aportar los documentos que sirvan de prueba para la justificación de aquellos, debiendo venir compulsadas por el Organismo expedidor o, en su defecto, por este Ayuntamiento.

d) No serán tenidos en cuenta los méritos alegados y que no se hayan presentado en el plazo y la forma anteriormente mencionados.

No se valorarán, en ningún caso, los méritos que no se justifiquen con la documentación adecuada. Las personas que aleguen méritos, deberán aportar los documentos que sirvan de prueba para la justificación de aquellos, debiendo venir compulsados por el Organismo expedidor o, en su defecto, por este Ayuntamiento.

La falta de presentación de los documentos citados en el apartado c) no supondrán la exclusión de los aspirantes a las pruebas selectivas, aunque significará una valoración de cero puntos en el concurso.

La falta de presentación de instancia oficial y del justificante de pago de los derechos de examen, supondrá la exclusión de los aspirantes a las pruebas selectivas.

La fecha límite para la alegación de los méritos señalados anteriormente, así como la presentación de documentos relativos a los mismos, será la fecha de finalización de plazo de presentación de instancias.

Según lo establecido en las Ordenanzas Fiscales aprobadas por el Ayuntamiento de Collado Villalba se deberá abonar la cantidad de tres euros y sesenta y un céntimos (3,61 euros) por la compulsa de documentos (por el conjunto de documentos) presentados para pruebas selectivas de personal convocados por este Ayuntamiento. Las tasas han de abonarse, previamente a la presentación de la documentación en el Servicio de Atención al Ciudadano, en la cuenta bancaria de Bankia n.o 2038-2423-37-6000014060.

Séptima. Derechos de examen.—Se ajustará a los previsto en el apartado 6.7 de las bases generales para proveer en propiedad plazas de funcionarios y personal laboral aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha de 14 de febrero de 2008 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 47, de fecha de 25 de febrero de 2008.

Los derechos de examen de esta convocatoria ascienden a veintiún euros con ochenta y siete céntimos (21,87 euros) cuyo importe se hará efectivo a través de cualquier sucursal de “Bankia”, cuenta corriente n.o 2038-2423-37-6000014060, debiendo indicar en el impreso el nombre y apellidos del aspirante, y haciéndose constar la inscripción en las pruebas selectivas de 1 PLAZA DE TÉCNICO SUPERIOR DE FORMACIÓN Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS del Ayuntamiento de Collado Villalba.

Según lo dispuesto en las Bases generales para proveer en propiedad plazas de funcionarios de carrera y de personal laboral fijo, estarán exentos de pago con una reducción del 100 por 100 de la cuota:

a) Aquellas personas que se encuentren en situación de desempleo y no perciban prestación, debiendo justificar esta situación junto con la instancia, mediante certificado expedido por el INEM con fecha actualizada y en el que se haga constar expresamente que “no percibe prestación por desempleo”.

b) Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, debiendo estos presentar certificado actualizado acreditativo de la discapacidad, expedido por el organismo competente.

No obstante, de conformidad con el 16.6 del artículo 39/2015 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el importe de la tasa por derechos de examen podrá hacerse efectivo mediante transferencia dirigida a la oficina pública correspondiente en el momento de la presentación de documentos a las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de su abono por otros medios.

Octava. Admisión de candidatos.—Se ajustará a lo previsto en el apartado 7 de las Bases Generales para proveer en propiedad plazas de funcionarios y personal laboral aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha de 14 de febrero de 2008 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 47 de fecha de 25 de febrero de 2008.

Novena. Tribunal.—El órgano de selección se ajustará a lo previsto en el apartado 8 de las Bases generales para proveer en propiedad plazas de funcionarios y personal laboral aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha de 14 de febrero de 2008 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 47 de fecha de 25 de febrero de 2008.

El Tribunal calificador quedará constituido por los siguientes miembros:

A) Presidente.

B) Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto.

C) 4 Vocales.

Las propuestas de nombramiento de vocales incluirán un titular y un suplente.

El régimen de funcionamiento del Tribunal será el previsto en las Bases generales para proveer en propiedad plazas de funcionarios y personal laboral.

Los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

El tribunal de selección examinará y valorará las solicitudes de adaptaciones que hayan hecho constar los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 % en las solicitudes de participación en la convocatoria, opten o no a plaza reservada, y resolverá según criterio fundado. En aquellos supuestos en los que se susciten dudas acerca de la oportunidad de acceder a la adaptación solicitada, se pedirá asesoramiento a expertos y, en su caso, la colaboración de los órganos técnicos competentes, pudiendo oír, así mismo, al interesado. Sólo se considerarán aquellas solicitudes relativas a adaptaciones que tengan por objeto salvar limitaciones de un aspirante en la realización de las pruebas, para que pueda participar en las mismas condiciones de igualdad de oportunidades.

El tribunal de selección, si tuviese dudas razonables sobre la capacidad funcional de un aspirante, podrá consultar a los órganos competentes, sin que por ello se interrumpa el proceso selectivo. De acuerdo con ello, el aspirante sobre el que se susciten dudas continuará su participación en el proceso selectivo de modo condicional.

La resolución del tribunal calificador que ponga fin al proceso selectivo podrá ser impugnada por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Décima. Procedimiento de selección.—El proceso selectivo será por concurso-oposición libre, que constará de las siguientes fases:

A) FASE DE CONCURSO Y CALIFICACIÓN. NORMAS GENERALES DE LA FASE DE CONCURSO

Consistirá en la calificación de los méritos que se señalan a continuación y que resulten debidamente acreditados por los aspirantes. La puntuación máxima que se puede obtener en la fase de concurso es de 10 puntos.

— La experiencia como personal laboral se acreditará necesariamente mediante vida laboral que facilita la Tesorería General de la Seguridad Social, teniendo potestad el Tribunal de Selección para solicitar los documentos que estime oportunos a los efectos de comprobar la experiencia en el puesto de trabajo del aspirante. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Collado Villalba, se acreditarán por el Área de Personal.

— Los servicios prestados en calidad de funcionarios en Administraciones Públicas se acreditarán mediante certificado de la Secretaría u órgano competente. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Collado Villalba, se acreditarán por el Área de Personal.

Los cursos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título.

La calificación de la fase de concurso, se hará pública con respecto a aquellos aspirantes que hayan aprobado la prueba de la fase de oposición.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso para hacer alegaciones.

B) VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS DE LOS ASPIRANTES

B.1. EXPERIENCIA PROFESIONAL. Se valorará con un máximo de 9 puntos:

a) Por experiencia profesional en el Ayuntamiento de Collado Villalba, en puestos de trabajo iguales a los de la plaza que se opta. Por cada seis meses de servicios prestados: 0,50 puntos, hasta un máximo de 9 puntos.

b) Por experiencia profesional en otras Administraciones públicas, en puestos de trabajo iguales a los de la plaza por la que se opta. Por cada seis meses de servicios prestados, 0,25 puntos, hasta un máximo de 2,5 puntos.

Los períodos de servicios inferiores a 6 meses serán valorados proporcionalmente por meses completos

B.2. FORMACIÓN: Se valorará con un máximo de 1 punto:

a) Por haber realizado cursos relacionados con la plaza objeto de la convocatoria cuya adecuación será apreciada libremente por el tribunal. Los cursos tendrán que haber sido impartidos por Entidades Oficiales o Empresas Privadas Especializadas con las materias de la plaza objeto de la convocatoria.

— Inferior a 10 horas: 0,10 puntos.

— 10 a 20 horas: 0,15 puntos.

— De 21 a 40 horas: 0,25 puntos.

— De 41 a 80 horas: 0,40 puntos.

— De 81 a 100 horas: 0,60 puntos.

— De 101 horas en adelante:0,80 puntos.

La fase de concurso supondrá el 45% de la calificación definitiva.

C) FASE DE OPOSICIÓN Y CALIFICACIÓN

La fase de oposición supondrá el 55% de la calificación definitiva.

C.1. CONTENIDO DE LA FASE DE OPOSICIÓN: La fase de oposición consistirá en una única prueba, que constará de un ejercicio teórico-práctico, que se desarrollará en dos fases:

a) Presentación de una Memoria mediante la cual se valorarán los conocimientos sobre el contenido de uno o varios de los temas recogidos en el Anexo de esta convocatoria. La temática de la memoria se elegirá libremente por el aspirante teniendo en cuenta los temas que figuran en el Anexo.

La memoria, que no excederá de 50 folios escritos a ordenador, (el formato de la letra será: fuente Verdana, tamaño 12, estilo normal, interlineado de 1,5) por una sola cara, se presentará por triplicado en los lugares y formas establecidos en la Base 6 de esta convocatoria dirigida al Presidente del Tribunal de Selección de esta convocatoria, en el plazo máximo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos.

La falta de presentación de la memoria por parte de un aspirante en dicho plazo improrrogable, supondrá la automática eliminación de éste.

b) Defensa oral de la Memoria. La Memoria será defendida oralmente ante el Tribunal en el tiempo que se determine por este órgano, sin que pueda ser superior a 15 minutos. Tras la exposición el Tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido de la memoria.

La falta de presentación de un aspirante a la defensa oral de la memoria determinará la no superación de la oposición.

Para su defensa oral, el Tribunal realizará el llamamiento a los aspirantes que hayan presentado memoria, mediante publicación del día, hora y lugar de celebración de esta fase. Dicha publicación se efectuará en el Tablón de Anuncios de la página web del Ayuntamiento de Collado Villalba

C.2. CALIFICACIÓN DE LA OPOSICIÓN: La fase de la oposición se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos para superar esta prueba.

Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del tribunal exista una diferencia de tres o más puntos entre las calificaciones máxima y mínima, serán automáticamente excluidas y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes.

En el supuesto en que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en tres o más puntos, sólo se eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.

Undécima. Calificación definitiva.—La calificación definitiva se obtendrá de la suma de las puntuaciones de cada fase (fase de concurso y de oposición), de aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición, estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación.

A) La puntuación máxima de la fase de concurso (10 puntos) equivaldrá al 45 % de la calificación definitiva.

B) La puntuación máxima de la fase de oposición (10 puntos) equivaldrá al 55 % de la calificación definitiva.

En caso de empate en la puntuación de dos o más aspirantes, se seguirán los siguientes criterios:

1.o) Figurará en primer lugar el aspirante que haya obtenido más nota en el ejercicio de la fase de oposición.

2.o) En caso de nuevo empate, figurará en primer lugar el aspirante que haya obtenido más nota en la fase de concurso

3.o) Si persiste el empate, figurará en primer lugar el aspirante que haya obtenido más nota en el apartado de experiencia profesional en el Ayuntamiento de Collado Villalba.

ANEXO

Materias comunes

1. La Constitución española de 1.978: Principios que informan la Constitución de 1.978. Título Preliminar de la Constitución. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución. Garantías y tutela de los derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución. La suspensión. La reforma constitucional.

2. Defensor del pueblo en la Constitución. Nombramiento. Organización. Competencias. Relaciones de éste con la Administración.

3. La Jefatura de Estado: La Corona. Funciones constitucionales. Sucesión. Regencia. Refrendo.

4. Las Cortes Generales: Composición. Atribuciones. Funcionamiento. Organización. La elaboración de las leyes.

5. El Gobierno: Composición, organización y funciones. Miembros del Gobierno: requisitos de acceso, nombramiento y cese. Iniciativa legislativa y potestad reglamentaria del Gobierno.

6. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Organización. Competencias. La regulación constitucional de la justicia.

7. La organización territorial del Estado en la Constitución. La administración local. El principio de autonomía local y su garantía institucional. Su contenido en la Constitución y en el ordenamiento básico estatal.

8. Las Comunidades Autónomas. Las vías de acceso a la autonomía. Estatutos de autonomía. Régimen de competencias. Relación entre el Estado y las CC AA.

9. La Comunidad de Madrid: Instituciones de gobierno. Organización y atribuciones. Competencias de la Comunidad de Madrid relativas a la Administración Local

10. La justicia constitucional. El Tribunal Constitucional: naturaleza. Organización. Funciones. Composición. Competencias. La jurisprudencia constitucional. Los conflictos constitucionales. Procesos de declaración de inconstitucionalidad. Recurso de amparo constitucional.

11. El principio de legalidad. Las fuentes del Derecho público. Concepto. Enumeración. Jerarquía. La ley como fuente del Derecho administrativo. Clases. Disposiciones del Gobierno con fuerza de ley: Decretos-Leyes y otras medidas excepcionales. Legislación delegada. La reserva de Ley.

12. El Reglamento. Concepto. Clases. Procedimiento de elaboración. Límites de la potestad reglamentaria. Defensa contra los reglamentos ilegales. Instrucciones. Circulares. La costumbre. La práctica administrativa. Los principios generales del Derecho. Los Tratados Internacionales: su valor en el Derecho Interno. Jurisprudencia y Doctrina.

13. Principios reguladores de la Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado en su Ley Reguladora. Órganos centrales y su estructura. Órganos territoriales. Especial referencia al Delegado del Gobierno en las Comunidades Autónomas. Estructura de los servicios periféricos.

14. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ámbito de aplicación. Objeto de la Ley. Principios Generales. Estructura.

15. La Administración Local: Entidades que comprende. La legislación de Régimen Local. Las reformas introducidas por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local

16. El municipio: concepto legal. Elementos. Organización y competencias del régimen común. Creación, modificación y extinción del municipio.

17. El sistema tributario español. Principios, estructura y evolución. Especial referencia a la Ley General Tributaria en las materias de obligaciones tributarias, obligaciones y deberes de la administración tributaria y los derechos y garantías de los obligados tributarios.

18. Legislación aplicable en materia de Haciendas Locales. Competencias de la Entidades Locales en materia tributaria. Recursos de las Haciendas Locales

Materias específicas

1. Modelos de Organización del trabajo. Nuevas formas de Organización del Trabajo.

2. La Función de Recursos Humanos en las Organizaciones. La gestión de recursos humanos por competencias en la organización.

3. Planificación Estratégica por Objetivos. Principios y técnicas

4. Diseño Organizacional. Rediseño y redimensionamiento de plantillas.

5. Reingeniería de procesos y procedimientos en las organizaciones.

6. Análisis y descripción de Puestos de Trabajo.

7. Valoración de Puestos de trabajo. Métodos cuantitativos de Valoración de Puestos de Trabajo.

8. Valoración de Puestos de trabajo. Métodos cualitativos de Valoración de Puestos de Trabajo.

9. La Relación de Puestos de Trabajo y el Catálogo de Puestos en la Administración Pública.

10. La Selección de los recursos humanos en la Administración Local. Procedimientos Selectivos.

11. Técnicas y herramientas para la selección de personal.

12. Planes de Acogida para Empleados Públicos.

13. Desarrollo de Competencias de las personas en la organización: la Formación.

14. La Formación en las administraciones públicas.

15. Estrategias y modalidades de formación. Su evolución.

16. Diseño, ejecución y evaluación de planes de formación en la administración pública.

17. Desarrollo de Competencias de las personas en la organización: la Evaluación del desempeño.

18. Desarrollo de Competencias de las personas en la organización: la Evaluación del del rendimiento.

19. Modelos de evaluación del desempeño en las organizaciones.

20. La entrevista de evaluación de desempeño.

21. La gestión del cambio en las organizaciones, los grupos y las personas en la organización.

22. Psicología Social. Su aplicación a la Organización del trabajo y la gestión de Recursos Humanos.

23. Gestión del talento en las Organizaciones.

24. Equipos de trabajo, equipos de alto rendimiento, equipos virtuales de trabajo.

25. Planificación de la Carrera Profesional en la Administración Pública.

26. Sistemas de Compensación en las Organizaciones. Su aplicación a la administración pública.

27. Cuadro de Mando Integral en la Administración.

28. Gestión del conflicto, negociación y mediación.

29. La resolución de conflictos y la mediación: elementos básicos.

30. El conflicto en las organizaciones y la optimización del rendimiento.

31. Gestión del Conflicto y su evaluación.

32. Aspectos emocionales en la gestión de conflictos.

33. Gestión de conflictos versus prevención del mobbing.

34. La negociación: naturaleza, planificación y estrategias.

35. Poder y procesos de influencia en la negociación.

36. La negociación: características personales de los negociadores, efectividad de los procesos de negociación.

37. Aspectos culturales en la gestión del conflicto, la negociación y la mediación.

38. La conducción productiva de la mediación.

39. Dirección, seguimiento y evaluación de programas y proyectos.

40. Trabajo en equipo: etapas de desarrollo, diagnóstico del desarrollo del equipo.

41. Rendimiento de los equipos de trabajo: equipos de alto rendimiento.

42. Dirección de equipos de trabajo. Desarrollo de habilidades y competencias directivas.

43. La motivación en las organizaciones. Diseño de herramientas de motivación.

44. Liderazgo en equipos de trabajo. Estilos de Liderazgo. Delegación y sus estilos.

45. Psicología de las organizaciones. La organización y el comportamiento humanos. Niveles de análisis. Ámbito y extensión de la psicología de las organizaciones.

46. Teoría Organizacional. Modelos teóricos. Principales aplicaciones.

47. El individuo en la organización. La conducta organizada y no organizacional. Funciones de recursos humanos en la organización.

48. Socialización laboral y organizacional. Concepto de Socialización laboral y organizacional. Etapas de socialización. Elementos e indicadores de socialización laboral. Estrategias y técnicas de aplicación.

49. Comunicación interpersonal en las organizaciones: la comunicación formal e informal.

50. Comunicación. El papel de la Comunicación en las organizaciones. Elementos relevantes de la comunicación organizacional.

51. Las redes de comunicación. Dirección de los flujos de comunicación. La importancia de la comunicación informal. Efectos de los sistemas de comunicación sobre el procesamiento de los mensajes.

52. Motivación y satisfacción laboral. Las necesidades del individuo.

53. Teorías de la motivación: teorías del contenido y teorías del proceso. De la motivación a la satisfacción: modelos teóricos.

54. Clima y cultura organizacional. La metáfora del clima organizacional. Dimensiones del clima. Niveles de análisis.

55. Diagnóstico del clima. Clima y cultura organizacional.

56. Origen y desarrollo de la cultura. Diseño y cambio de la cultura organizacional.

57. Nuevas tecnologías para la gestión de recursos humanos.

58. Desarrollo personal y organizativo. El coaching y el mentoring. Aplicaciones y tendencias actuales para el desarrollo de personas.

59. Valores y Cultura Corporativa. Definición y aplicación a la identidad de la organización.

60. Gestión del talento. Identificar, potenciar, captar y retener todo el potencial y el talento de las personas que trabajan en ellas.

61. Gestión del Conocimiento en las Organizaciones. Gestión del aprendizaje. Comunidades de aprendizaje. Grupos virtuales de trabajo.

62. Evaluación, calidad y orientación al ciudadano de los servicios públicos.

63. La función pública (I): Concepto y clases de empleados públicos. Derechos individuales de los empleados públicos. Deberes de los empleados públicos y código de conducta.

64. La función pública (II): Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio. Pérdida de la relación de servicio.

65. La función pública (III): Situaciones administrativas. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

66. El Procedimiento Administrativo: concepto. Interesados. Iniciación. Subsanación y mejora de la solicitud. Medidas provisionales. Ordenación. Términos y plazos.

67. Procedimiento Administrativo (continuación): Instrucción. Alegación. La prueba en el Procedimiento Administrativo. Informes. Participación de los interesados. Finalización. Terminación convencional. Resolución. Desistimiento y renuncia. Caducidad. Procedimientos especiales.

68. La obligación de la Administración de resolver. El silencio administrativo. Efectos.

69. Los recursos administrativos: Concepto. Principios generales. Interposición del recurso. Suspensión de la ejecución. Audiencia de los interesados. Resolución. Clases: Recurso de Alzada. Recurso de Reposición. Recurso de revisión.

70. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector público. Disposiciones generales: objeto y ámbito de aplicación de la ley. Negociados y contratos excluidos. Tipos contractuales.

71. Órganos de gobierno municipales (I): El Alcalde. Elección. Atribuciones. Moción de censura y cuestión de confianza. Los Tenientes de Alcalde.

72. Órganos de gobierno municipales (II): el Pleno. Composición. Funciones. La Junta de Gobierno Local. Régimen de sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno Local.

Collado Villalba, a 29 de octubre de 2018.—La alcaldesa, María Dolores Vargas Fernández.

(02/35.735/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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