Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
29-11-2018

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181129-23

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Convocatoria subvenciones

Resolución de 15 de noviembre de 2018 de la directora general de Planificación Estratégica por la que se ordena la publicación de las resoluciones de denegación de subvención por falta de disponibilidad presupuestaria a solicitantes de las ayudas convocadas por Decreto de 13 de julio de 2017 del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible por el que se aprueba la Convocatoria Pública de Subvenciones 2017 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación y eficiencia energética de edificios existentes de uso residencial vivienda.

De conformidad con el artículo 26.2 del Decreto de 13 de julio de 2017, del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, por el que se aprueba la Convocatoria Pública de Subvenciones 2017 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación y eficiencia energética de edificios existentes de uso residencial vivienda, debe procederse a la notificación de la resolución de denegación de subvención por falta de disponibilidad presupuestaria a los interesados, que se llevará a cabo mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su publicación, igualmente, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En las fechas que se indican en cada caso, el delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible ha dictado resolución de denegación de subvención por falta de disponibilidad presupuestaria para cada uno de los solicitantes del Anexo (publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID) y que incluye en cada caso el motivo y la fecha de denegación. El texto íntegro del acto recaído se encuentra disponible en el Servicio de Ayudas a la Regeneración del Ayuntamiento de Madrid, calle Ribera del Sena, número 21, 28042 Madrid.

Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Madrid, a 15 de noviembre de 2018.—La directora general de Planificación Estratégica, Silvia Villacañas Beades.

(01/37.331/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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