Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
29-11-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181129-48

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 26

48
Madrid número 26. Procedimiento 935 de 2016, notificación a Blitz Gestión, S. L.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 935 de 2016 entre “Caixabank, Sociedad Anónima” y “Blitz Gestión, Sociedad Limitada”, doña Isabel Escudero Barrios y don José Bernardino Tello Puertas, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 236 de 2017

Madrid, a 3 de julio de 2017.—La ilustrísima señora doña Rocío Nieto Centeno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 26 de Madrid, habiendo visto los presentes autos número 935 de 2016, sobre juicio ordinario, seguidos a instancias de “Caixabank, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los Tribunales doña Beatriz Ruano Casanova, contra “Blitz Gestión, Sociedad Limitada”, don José Bernardino Tello Puertas y doña Isabel Escudero Barrios, en rebeldía procesal sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por “Caixabank, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los Tribunales doña Beatriz Ruano Casanova, contra “Blitz Gestión, Sociedad Limitada”, don José Bernardino Tello Puertas y doña Isabel Escudero Barrios, en rebeldía procesal, condeno a los expresados demandados a satisfacer solidariamente a la actora la cantidad de 43.984,00 euros, de los que 37.752,48 euros se corresponden con el principal debido, 2.338,83 euros a gastos y 3.892,69 euros a intereses de demora a fecha de cierre de la operación, condenando a los demandados al pago de los que se generen hasta el cumplimiento de la obligación principal.

Se imponen a los demandados las costas procesales causadas.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), significándole a las partes que para la admisión a trámite del recurso deberán aportar resguardo de ingreso de un depósito que se constituirá en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2454, clave 02, indicando número de expediente y año, por valor de 50 euros, en concepto de “depósito recurso apelación”.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a “Blitz Gestión, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 13 de noviembre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/37.339/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181129-48