Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
29-11-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181129-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

66
Madrid número 2. Procedimiento 563 de 2018, notificación a Oyser Expertos, S. Coop.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 563 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Chamorro Arias, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Oyser Expertos, Sociedad Cooperativa”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimando la demanda de reclamación de cantidad formulada por don José Chamorro Arias, contra la empresa “Oyser Expertos, Sociedad Cooperativa”, debo condenar y condeno a la citada demandada a abonar a don José Chamorro Arias la cantidad de 3.594,84 euros, más otros 359,48 euros de interés por mora, condenando al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por este pronunciamiento, sin perjuicio de su responsabilidad legal.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndo que contra ella podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviertase al recurrente, que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá al tiempo de anunciar el recurso, depositar la cantidad de 300 euros, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolo a este Juzgado con el anuncio del recurso. El depósito y consignación deberá ser ingresado a nombre del Juzgado de lo social número 2 de Madrid, mediante transferencia bancarIa o en efectivo en cualquier oficina del “Banco Santander”. La transferencia bancaria deberá efectuarse a la cuenta número IBAN ES55 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “observaciones/concepto de la transferencia” el número 2500-0000-00- y el número de procedimiento con cuatro dígitos y año con dos dígitos. El ingreso en efectivo se realizará en la cuenta número 2500-0000-00- y el número de procedimiento con cuatro dígitos y año con dos dígitos. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Oyser Expertos, Sociedad Cooperativa”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 31 de octubre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/36.976/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181129-66