Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
30-11-2018

Sección 1.4.65.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181130-12

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE SANIDAD

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RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2018, del Director General de Inspección y Ordenación, por la que se amplía el plazo máximo para resolver el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia, iniciado por Resolución de 5 de marzo de 2018.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 9 de marzo de 2018 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Resolución de 5 de marzo de 2018, del Director General de Inspección y Ordenación , por la que se hacen públicas las zonas farmacéuticas de la Comunidad de Madrid y el número de oficinas de farmacia cuya apertura procede autorizar en cada una de las zonas farmacéuticas referidas y se abre el período de concurrencia pública en el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia en base a solicitudes formuladas a instancia de parte.

Por Resolución de 13 de junio de 2018, del Director General de Inspección y Ordenación, se aprueba y se hace pública la relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas en el procedimiento iniciado por Resolución de 5 de marzo de 2018.

Y con fecha 27 de septiembre de 2018, se ha publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Resolución del Director General de Inspección y Ordenación de 19 de septiembre de 2018, por la que se aprueba y se hace pública la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas en el referido procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia.

Segundo

El procedimiento iniciado por Resolución de 5 de marzo de 2018, se encuentra en fase de instrucción, habiendo comenzado la fase de valoración de los méritos académicos y la experiencia profesional aportados por todos y cada uno de los solicitantes cuyas solicitudes han sido admitidas en el referido procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

Sobre la base de lo establecido en el artículo 21.2 y en el punto 3 de la Disposición Derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo de resolución del presente procedimiento es de nueve meses, tal como dispone el Anexo de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Segundo

El artículo 23 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, dispone que el órgano competente para resolver, de forma excepcional, cuando se hayan agotado los medios personales y materiales disponibles, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser éste superior al establecido para la tramitación del procedimiento.

A estos efectos, se han presentado un elevado número de solicitudes en el presente procedimiento y se han habilitado, por la Dirección General de Inspección y Ordenación, los medios personales y materiales disponibles para realizar una adecuada valoración de toda la documentación aportada por los farmacéuticos solicitantes. Sin embargo, la tramitación administrativa preceptiva establecida en el Decreto 115/1997, de 18 de septiembre para estos procedimientos, podría suponer un incumplimiento del plazo máximo de resolución.

Por ello procede acordar con carácter excepcional, la ampliación del plazo para resolver el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia iniciado por Resolución de esta Dirección General de fecha 5 de marzo de 2018, por un período de tiempo “no superior al establecido para la tramitación del procedimiento”, que en este supuesto se estima en seis meses más a contar desde el día siguiente a aquel en que hubiera vencido el plazo inicial de nueve meses establecido legalmente al efecto.

En base a lo anterior y en uso de las atribuciones que me están conferidas,

RESUELVO

Acordar la ampliación del plazo máximo de resolución del procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia, iniciado por Resolución de esta Dirección General de fecha 5 de marzo de 2018, por un período de seis meses más, a contar desde el día siguiente a aquel en que hubiera vencido el plazo inicial de nueve meses establecido legalmente al efecto.

Dado en Madrid, a 15 de noviembre de 2018.—El Director General de Inspección y Ordenación, Adolfo Ezquerra Canalejo.

(03/37.734/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.65.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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