Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
03-12-2018

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181203-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
San Martín de Valdeiglesias. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mazo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 2 de 2018 del organismo autónomo “Patronato Municipal de Deportes”, adoptado en fecha 30 de octubre de 2018, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, como sigue a continuación:

Esta modificación del presupuesto municipal no altera la cuantía total del mismo, se imputa el importe total al crédito de la aplicación presupuestaria 929.50000, de diferente vinculación jurídica.

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer direclamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

San Martín de Valdeiglesias, a 29 de noviembre de 2018.—La concejala-delegada de Hacienda, Sonia Lechuga Cercas.

(03/39.059/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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