Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
03-12-2018

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181203-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 10

70
Madrid número 10. Procedimiento 1.803 de 2018, notificación a Leti Ristache y otros

EDICTO

D./DÑA. M. EVA TARDON SILVESTRE LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 10 DE MADRID.

DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el juicio sobre delitos leves nº 1803/2018 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA Nº 298/2018

JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D. JESÚS DE JESÚS SÁNCHEZ.

Lugar: Madrid.

Fecha: veintiuno de agosto de dos mil dieciocho.

Vistos por mí, D./DÑA. JESÚS DE JESÚS SÁNCHEZ, MAGISTRADO-JUEZ de este Juzgado de Instrucción nº 10 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve nº 1803/2018, en los que ha sido parte del Ministerio Fiscal Dña. ROSARIO GARCÍA ESPINA, contra DÑA. DANIELA CATITA BOBOCEL, Dña. FABIOLA NEAGU, Dña. LETI RISTACHE, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.

F A L L O

QUE DEBO DE CONDENAR Y CONDENO a Dña. DANIELA CATITA BOBOCEL, Dña. FABIOLA NEAGU, Dña. LETI RISTACHE, como autor/es de un delito leve de Hurto, en grado de tentativa, a la pena de multa de 15 días, a razón de 4 euros/día, en total 60 euros, con 7 días de responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago, y al abono de las costas causadas en esta instancia.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a LETI RISTACHE, DANIELA CATITA BOBOCEL y FABIOLA NEAGU, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, expido la presente.

En Madrid, a 03 de octubre de 2018.

(03/36.818/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181203-70