Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 290

Fecha del Boletín 
05-12-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181205-141

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

141
Madrid número 38. Ejecución 161 de 2018, notificación a Bel Quality Clean, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 161/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de FREMAP MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 061 y FREMAP, MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL, Nº 61 frente a D./Dña. MOHAMED EL AYYOUBY, BEL QUALITY CLEAN, S.L., INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS) y BEL QUALITY CLEAN SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Requerir al ejecutado INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS) el cumplimiento de la sentencia en sus propios términos, advirtiéndole conforme a los términos expuestos en la fundamentación jurídica de esta resolución.

Respecto de la demandada BEL QUALITY CLEAN, S.L., se hace constar que se encuentra en situación de insolvencia declarada en el Procedimiento ETJ 198/2016 (DSP 655/2016) por el Juzgado de lo Social Nº 28 de Madrid en fecha 20/06/2017.

Notifíquese la presente a las partes y, en su caso, a los servicios jurídicos del ejecutado, acompañándose en la notificación dirigida a la demandada copia de la resolución que se ejecuta y del escrito solicitando la ejecución.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2708-0000-64-0161-18.

Habiéndose presentado en escrito por FREMAP, MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL, Nº 61, solicitando la ejecución de sentencia, por la que se condena a BEL QUALITY CLEAN SL a pagar a FREMAP, MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL, Nº 61 la cantidad de 11.626,22 euros debiendo condenar subsidiariamente a TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS) e INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL; y siendo firme, se acuerda, de conformidad con lo previsto en el artículo 287.4 LRJS, requerir a INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS), para que en el plazo de un mes haga efectiva la ejecución de la sentencia, con apercibimiento que de no efectuarlo se continuará la ejecución en los términos previstos legalmente.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BEL QUALITY CLEAN SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a doce de noviembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/37.254/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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