Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
07-12-2018

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181207-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

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Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid. Otros anuncios. Notificación

Tras haberse instruido por los servicios competentes de esta Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, expediente de prescripción de obligaciones 3/2018, la Junta Plenaria, en sesión ordinaria celebrada en fecha 2 de octubre de 2018, ha adoptado lo siguiente:

Declarar la prescripción y la extinción de las obligaciones reconocidas pendientes de pago expedidas contra la tesorería de esta administración, por el transcurso del plazo de cuatro años sin ejercitarse derecho alguno por parte de los titulares a exigir el pago de las obligaciones ya reconocidas o liquidadas y, en unidad de acto aprobar el correspondiente expediente de prescripción de obligaciones reconocidas pendientes de pago, por un importe total de 4.495,80 euros, de conformidad con el siguiente detalle:

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponerse recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, que se regula en el artículo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en relación con el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su notificación/publicación, ante el mismo órgano que dicto el acto. Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición referido, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria, cuando esta sea formulada de forma expresa, o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que el referido recurso de reposición deba entenderse desestimado de forma presunta, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, con arreglo a lo señalado en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/98 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a derecho.

Lo que se publica a los efectos oportunos, que servirá de notificación a los interesados, en caso de que no pueda efectuarse la notificación personal del acuerdo adoptado.

Griñón, a 19 de octubre de 2018.—El presidente, José María Porras Agenjo.

(02/34.267/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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