Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
10-12-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181210-56

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 44

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Madrid número 44. Procedimiento 1.579 de 2014, notificación a Nueva Cañada, S. A.

EDICTO

Doña María Concepción González Martínez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 44 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.579 de 2014, instados por el procurador don Jesús Aguilar España, en nombre y representación de comunidad de propietarios del garaje de las calles Valdesaz, números 3, 5 y 7 y Mata del Agua, números 5 y 7, contra “Nueva Cañada, Sociedad Anónima”, en reclamación de hacer, en los que se ha dictado en fecha 11 de octubre de 2016 sentencia, cuyo fallo es la siguientes:

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el procurador don Jesús Aguilar España, en nombre y representación de comunidad de propietarios del garaje de las calles Valdesaz, números 3, 5 y 7 y Mata del Agua, números 5 y 7, contra “Nueva Cañada, Sociedad Anónima”, y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la parte demandada a retirar los objetos y materiales depositados en las plazas de garaje número 1 y 2 y en las zonas comunes, y a retirar la valla metálica instalada en la planta sótano del garaje, con apercibimiento en caso de incumplimiento de realizarse a su costa, imponiendo a la parte demandada las costas causadas en esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá certificación a los autos correspondientes, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Dada, leída y publicada que fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Nueva Cañada, Sociedad Anónima”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 1 de septiembre de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/39.679/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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