Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
10-12-2018

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181210-58

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4

58
Madrid número 4. Procedimiento 605 de 2018, notificación a Hilario Alpay Verzo

EDICTO

Don Pedro José Hernández Gallego, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 605 de 2018 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 152 de 2018

Madrid, a 25 de abril de 2018.—El ilustrísimo señor magistrado-juez, don Marcelino Sexmero Iglesias.

Vistos por mí, don Marcelino Sexmero Iglesias, magistrado-juez de este Juzgado de instrucción número 4 de Madrid, los presentes autos de juicio sobre delitos leves número 605 de 2018, por un delito leve de hurto, en el que aparecen como perjudicada doña Ana Stefanova Dimitrova, y como denunciado don Hilario Alpay Verzo, y en el que ha sido parte el ministerio fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Hilario Alpay Verzo como autor responsable de un delito leve de hurto, tipificado en el artículo 234.2 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 3 euros por día de sanción, condenándole también al pago de las costas procesales.

Hágase entrega definitiva de los efectos a la propiedad.

Si no satisface la multa voluntariamente o por vía de apremio, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

De mostrar conformidad con la sentencia, se le requiere para que en el plazo de diez días haga efectiva la multa impuesta mediante ingreso a la cuenta de consignaciones número 2464-0000-A1-0605-18 del “Banco Santander”.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el señor magistrado-juez que la suscribe, estando celebrada audiencia pública; doy fe.

En relación a los datos de carácter personal, sobre confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Hilario Alpay Verzo, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 31 de octubre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/38.095/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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