Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
11-12-2018

Sección 1.2.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181211-1

Páginas: 20


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

1
ORDEN 2247/2018, de 20 de noviembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, especialidad de Consumo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

Orden 2247/2018, de 20 de noviembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, especialidad de Consumo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 41/2016, de 3 de mayo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de mayo), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2016, y en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 87/2018, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de junio), esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Consumo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes

BASES COMUNES

Resultará de aplicación al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria lo dispuesto en la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de julio).

BASES ESPECÍFICAS

Primera

Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para la cobertura de ocho plazas en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Consumo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, para su provisión simultánea por los turnos de promoción interna y de acceso libre, correspondiendo todas ellas a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2016, aprobada por el Decreto 41/2016, de 3 de mayo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de mayo), una vez tomado en consideración lo dispuesto en el artículo 22.10 de la Ley 6/2015, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2016 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de diciembre).

1.2. El número total de vacantes reservadas al turno libre asciende a seis plazas, correspondiendo las dos plazas restantes al turno de promoción interna.

De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad a la Administración Pública, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se reserva una plaza del total de las convocadas por el turno libre.

1.3. El proceso selectivo del turno de promoción interna finalizará antes que el correspondiente al turno libre, de conformidad con lo establecido en el artículo treinta del vigente Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid.

Segunda

Interesados

2.1. Para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base 6.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, el siguiente requisito:

— Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitude el título de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

2.2. Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna, incluidos los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Administración de la Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, deberán ser funcionarios de carrera del Grupo A, Subgrupo A2, y reunir, además de los requisitos anteriormente señalados, los establecidos en la base 6.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

2.3. Los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad, además de reunir los restantes requisitos exigidos en esta convocatoria, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y acreditarlos en los términos señalados en las bases generales.

Tercera

Solicitudes

3.1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

3.2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, rellenando el formulario de este proceso, de acuerdo con las instrucciones que constan en el mismo, al que se accederá a través del enlace http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-..., seleccionando el Cuerpo y Especialidad objeto de la presente convocatoria.

En caso de optar por la presentación telemática, deberá accederse a través de la opción “Tramitación telemática / Presentación de la solicitud por internet / Solicitud - Registro electrónico”.

Si se opta por la gestión presencial de la solicitud, deberá accederse a través de la opción “Gestión presencial / Impresos / Solicitud - Descargar PDF”.

Las direcciones de las oficinas de asistencia en materia de registro, donde pueden ser presentadas las solicitudes, pueden consultarse en la página web: http://www.comunidad.madrid/servicios/informacion-atencion-ciudadano/red...

3.3. Documentación a adjuntar a las solicitudes.

Los aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda de entre la que se indica a continuación:

a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

b) Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base 8.6 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre del aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible siguiendo la secuencia ya indicada en la base 3.2 de la presente Orden.

Cuarta

Tasa por derechos de examen

En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen, se estará a lo dispuesto en la base 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en dicha base, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por derechos de examen en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo A1 de los que se deriva la formación de lista de espera, y que asciende a 52,91 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 26,45 euros.

Quinta

Tribunal Calificador

El Tribunal Calificador de este proceso selectivo será designado por Resolución de la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y, a efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría primera, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

Sexta

Sistema de selección

6.1. El sistema selectivo será el de oposición.

El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo I de la presente convocatoria.

La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos eliminatorios:

6.1.1. Primer Ejercicio.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal, compuesto por cien preguntas, de acuerdo con la siguiente distribución:

— Las nueve primeras preguntas versarán sobre los temas 1 a 9 del temario general del programa.

— Las siguientes trece preguntas versarán sobre los temas del bloque I del temario específico del programa: “Aspectos generales de la protección al consumidor”.

— Las once siguientes preguntas versarán sobre los temas 10 a 20 del temario general del programa.

— Las siguientes doce preguntas versarán sobre los temas del bloque II del temario específico del programa: “Protección jurídica, administrativa y técnica de los derechos de los consumidores”.

— Las once siguientes preguntas versarán sobre los temas del bloque III del temario específico del programa: “Inspección, control de mercado y potestad sancionadora”.

— Las cuarenta y cuatro preguntas restantes versarán sobre los temas del bloque IV del temario específico del programa: “Normativa específica”.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cien minutos.

Estarán exentos de la realización de determinadas preguntas del cuestionario los aspirantes que se indican seguidamente, y en los términos que se detallan a continuación:

a) Exención de las veintidós primeras preguntas del cuestionario: Aquellos aspirantes del turno de promoción interna que, reuniendo los requisitos previstos en la base 2.2., pertenezcan al Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Especialidad de Consumo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid. La duración máxima del ejercicio para ellos será de setenta y ocho minutos.

b) Exención de las nueve primeras preguntas del cuestionario: Los restantes aspirantes del turno de promoción interna, que, reuniendo los requisitos previstos en la base 2.2., no les resulte de aplicación lo dispuesto en la anterior letra a), incluidos los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Administración de la Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril. La duración máxima del ejercicio para estos aspirantes será de noventa y un minutos.

6.1.2. Segundo ejercicio.

Los aspirantes, en un tiempo máximo de tres horas y treinta minutos, habrán de desarrollar por escrito tres temas extraídos al azar por el Tribunal en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen el temario específico del programa, de acuerdo con la siguiente distribución:

— El primer tema se extraerá del bloque I del temario específico denominado “Aspectos generales de la protección al consumidor”.

— El segundo tema se extraerá de los bloques II y III del temario específico denominados, respectivamente, “Protección jurídica, administrativa y técnica de los derechos de los consumidores” e “Inspección, control de mercado y potestad sancionadora”.

— El tercer tema se extraerá del bloque IV del temario específico denominado “Normativa específica”.

Únicamente estarán exentos del desarrollo del primer tema, los aspirantes del turno de promoción interna que, reuniendo los requisitos previstos en la base 2.2., pertenezcan al Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Especialidad de Consumo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid. La duración máxima del ejercicio para ellos será de dos horas y veinte minutos.

Los temas serán leídos por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la amplitud de conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición. El Tribunal podrá dialogar con los aspirantes durante un plazo máximo de quince minutos.

6.1.3. Tercer ejercicio.

Los aspirantes habrán de resolver por escrito dos supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, y relacionados con el temario específico del programa.

Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de cuatro horas, los aspirantes podrán acudir provistos de la documentación y el material que, en su caso, el Tribunal determine en la convocatoria de este ejercicio.

Los supuestos prácticos serán leídos por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de los mismos, así como su forma de presentación y exposición. El Tribunal podrá dialogar con los aspirantes durante un plazo máximo de quince minutos.

6.1.4. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “M”, de conformidad con la Resolución de 3 de mayo de 2016, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de mayo).

6.1.5. El primer ejercicio podrá comenzar a partir del mes de mayo de 2019, determinándose la fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo.

La publicación del anuncio de celebración del segundo y tercer ejercicio, así como la de la lista de aprobados de los ejercicios integrantes de la oposición, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web: http://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid, y en cualquier otro lugar que el tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.

Séptima

Calificación del proceso selectivo

7.1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y a lo establecido en la presente base.

Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

7.1.1. Primer ejercicio:

Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos. A efectos de la determinación del nivel mínimo necesario para superar este ejercicio, el Tribunal de Selección tendrá en cuenta de forma proporcional el número de preguntas que integran los exámenes para cada turno y forma de acceso.

7.1.2. Segundo ejercicio:

Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los temas, siendo necesario para superar el ejercicio haber obtenido un mínimo de cinco puntos en cada uno de los temas.

La calificación final de este ejercicio vendrá determinada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los temas, debiendo estar comprendida entre cero y diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.

7.1.3. Tercer ejercicio:

Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los supuestos prácticos, siendo necesario para superar el ejercicio haber obtenido un mínimo de cinco puntos en cada uno de los supuestos prácticos.

La calificación final de este ejercicio vendrá determinada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos prácticos, debiendo estar comprendida entre cero y diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.

7.2. Para la calificación final del proceso, el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, viniendo determinada aquélla por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman la oposición, ordenándose a los aspirantes de forma decreciente, conforme a dicha calificación final, y diferenciando los correspondientes turnos de promoción interna y de acceso libre, e intercalando en este último, en su caso, a los aspirantes del cupo de discapacidad en el lugar que, por puntuación corresponda.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.o Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre estos aspirantes, se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se relacionan a continuación.

2.o Mayor calificación obtenida en el tercer, segundo y primer ejercicio, por este orden.

3.o De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación.

En el caso de que, como resultado de la calificación final obtenida, y a la vista de la limitación contemplada en la base 14.4. de la Orden 290/2018, de 27 de junio, alguno de los aspirantes del cupo de discapacidad no obtuviese plaza por dicho cupo, pero tuviera acreditada en cada uno de los ejercicios de la oposición una puntuación que, conforme a los criterios de valoración aplicados a los aspirantes del turno libre al que está vinculado dicho cupo, le hubiera permitido superar los mismos, el Tribunal Calificador deberá incluir automáticamente a dicho aspirante en el citado turno libre, al objeto de que pueda optar a las plazas convocadas en dicho turno en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes que concurren por el mismo.

Octava

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación del cumplimiento de requisitos

8.1. El Tribunal hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidos, así como las cuatro últimas cifras del DNI/NIE de cada uno de los aspirantes.

— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.

— Calificación final.

8.2. En cuanto a la acreditación del cumplimiento de requisitos por parte de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases 14.6 a 14.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

Novena

Nombramiento de funcionarios/as de carrera y toma de posesión

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, funcionarios de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Consumo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, tomando posesión según lo previsto en la base decimosexta de la citada Orden.

Décima

Lista de espera para funcionarios/as interinos/as

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Consumo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, con aquellos aspirantes del turno libre y del cupo de discapacidad vinculado a dicho turno que hayan obtenido un mínimo de cuatro puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

El orden de los aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios que seguidamente se indican:

— Suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de mayor a menor.

— Puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición, de mayor a menor, y teniendo en cuenta la calificación mínima de cuatro puntos en dicho ejercicio necesaria para la inclusión en la lista.

En caso de igualdad de puntuación se atenderá a los siguientes criterios:

— Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre estos aspirantes, se dirimirá conforme a los criterios de prelación que se indican a continuación.

— Mayor calificación obtenida en el tercer, segundo y primer ejercicio, por este orden.

— El orden alfabético a partir de la letra prevista en la base 6.1.4. de esta convocatoria.

Undécima

Recursos

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, aquellos aspirantes que concurran por el turno libre, o ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid los aspirantes que participen por el turno de promoción interna, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, a 20 de noviembre de 2018.—El Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1/2018, de 30 de mayo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de junio), la Viceconsejera de Presidencia, Blanca María Pinedo Texidor.

ANEXO I

PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE TÉCNICOS SUPERIORES ESPECIALISTAS, ESPECIALIDAD DE CONSUMO, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Temario general

1. La Constitución Española de 1978: características, estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección.

2. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas y los Estatutos de Autonomía. La articulación del Estado de las Autonomías: distribución competencial y conflictos de competencias. La Administración de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: provincias, municipios y otras entidades locales. La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas.

3. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.

4. La Asamblea de Madrid: composición, elección y funciones. Funcionamiento, órganos y estatuto de sus miembros. El procedimiento legislativo. La Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido. El Gobierno de la Comunidad de Madrid: el Presidente y los Consejeros.

5. La Administración de la Comunidad de Madrid: organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid. La Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid.

6. Las Instituciones de la Unión Europea: Consejo Europeo, Consejo, Comisión Europea, Parlamento Europeo, Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Banco Central Europeo y Tribunal de Cuentas Europeo.

7. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Las relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. Las funciones de los Estados miembros en la aplicación del Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario.

8. La Hacienda Pública en la Constitución Española. Los Presupuestos Generales del Estado. El control del gasto público, la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera.

9. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. La Ley. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.

10. Los contratos en el Sector Público. Clases de contratos. Disposiciones comunes. Requisitos necesarios para la celebración de los contratos. Perfección y formalización. Actuaciones administrativas preparatorias. Formas de adjudicación. Extinción de los contratos.

11. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Situaciones administrativas. Derechos y deberes. Incompatibilidades. El régimen disciplinario. La pérdida de la condición de funcionario. El sistema de retribuciones. La promoción profesional de los funcionarios. La Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

12. La Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: estructura y principios generales. Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid: contenido y estructura. El ciclo presupuestario.

13. La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito de aplicación. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. El procedimiento administrativo común: concepto, principios generales y fases del procedimiento.

14. La legalidad administrativa. El acto administrativo: eficacia y validez, presunción de validez y eficacia, nulidad y anulabilidad. La revisión de los actos administrativos: la revisión de oficio. Los recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.

15. Principios de la potestad sancionadora. Especialidades del procedimiento administrativo sancionador. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

16. La responsabilidad patrimonial de la Administración en el régimen jurídico español. Lesión determinante, sujetos y causas de imputación. La extensión de la reparación. La acción de responsabilidad. Responsabilidad de las autoridades y funcionarios. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas. Especialidades del procedimiento administrativo relativo a la responsabilidad patrimonial.

17. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público: disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del Sector Público. Funcionamiento electrónico del Sector Público.

18. Reglamento General de Protección de Datos (RGPD): Definiciones. Principios. Legitimación para el tratamiento de datos personales. Derechos de los interesados. Obligaciones de los responsables y encargados. Delegado de protección de datos.

19. La 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones. Especial referencia a la Comunidad de Madrid y a su Portal de Transparencia.

20. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

TEMARIO ESPECÍFICO

I. Aspectos generales de la protección al consumidor

1. El modelo económico y social establecido en la Constitución Española: La protección de los consumidores y usuarios en la Constitución.

2. El texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias: principios generales y ámbito de aplicación. Los derechos de los consumidores y usuarios.

3. La Ley de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid: principios y estructura. Derechos de los consumidores.

4. El Reglamento de la Ley de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid: estructura.

5. Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN): estructura, organización, composición y funciones. Otras áreas de la Administración General del Estado con funciones de tutela de los intereses de los consumidores. Estructuras organizativas de coordinación interterritorial: la Red de Alertas.

6. Organismos de la Comunidad de Madrid con competencias en materia de protección de los consumidores. Estructura y funciones. Órganos colegiados de consulta y asesoramiento en materia de consumo en la Comunidad de Madrid: El Consejo de Consumo.

7. Competencias de las Corporaciones Locales en defensa de los consumidores. Coordinación de la política de consumo en la Comunidad de Madrid.

8. La protección de los consumidores en la Unión Europea. Políticas de protección en materia de consumo de la Unión Europea. Incidencia de la normativa europea en el ordenamiento jurídico español.

9. Organismos competentes en materia de consumo en la Unión Europea. El Centro Europeo del Consumidor.

10. La libertad de circulación de mercancías en la Unión Europea y su incidencia en los consumidores: Principios y normas aplicables.

II. Protección jurídica, administrativa y técnica de los derechos de los consumidores

11. Información como derecho básico de los consumidores. Indicación de precios en bienes y servicios. Normativa aplicable en vigor.

12. La atención al ciudadano en la Comunidad de Madrid. Información, recepción y tramitación de quejas y reclamaciones. La gestión de la calidad en la Administración Pública.

13. Los servicios de información al consumidor: Públicos y privados. Competencias de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales en materia de información al consumidor, con especial referencia a la Comunidad de Madrid.

14. Técnicas de gestión de la información: Los centros de documentación, con especial referencia al ámbito de consumo.

15. Vías de solución de conflictos por los organismos encargados de la protección de los consumidores y usuarios: Especial referencia a la Mediación y Conciliación.

16. La resolución voluntaria de conflictos: El arbitraje. El procedimiento arbitral. Los laudos y su valor legal. Normativa legal aplicable.

17. El sistema arbitral de consumo. Peculiaridades del procedimiento arbitral de consumo. Juntas y Colegios arbitrales. Normativa legal aplicable.

18. Resolución alternativa de litigios en materia de consumo. Normativa. Requisitos de los procedimientos gestionados por las entidades de resolución alternativa. Requisitos para la acreditación de las entidades de resolución alternativa. Obligaciones de las entidades de resolución alternativa. Obligaciones de información de los empresarios.

19. La protección de los consumidores a través de los procedimientos judiciales. El beneficio de la justicia gratuita. Las acciones de defensa de los intereses colectivos y difusos de los consumidores.

20. Vías judiciales de protección a los consumidores, concordancias y diferencias entre los órdenes jurisdiccionales civil, penal y administrativo.

21. Hojas de reclamaciones: Regulación legal. Diferencias en la tramitación administrativa, por razón de los distintos ámbitos sectoriales. El Sistema Unificado de Reclamaciones en la Comunidad de Madrid.

22.. Las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, con especial referencia a la Comunidad de Madrid. Papel de las Administraciones en el fomento y control de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios.

23. Las Asociaciones Empresariales y la protección de los consumidores: Los Códigos de Buenas Prácticas. Breve referencia a los Distintivos de Calidad.

24. La formación a los consumidores. La educación del consumidor en la escuela. Especial referencia a la política de formación de los consumidores en la Unión Europea.

III. Inspección, control de mercado y potestad sancionadora

25. Competencias de las Administraciones Públicas en el control de los bienes, productos y servicios. El concepto de Policía Administrativa como principio de intervención del Estado.

26. La inspección de consumo en la Comunidad de Madrid: ámbito de actuación. El personal inspector: Funciones y atribuciones.

27. Formalización de las actuaciones inspectoras: Las actas de inspección. Requisitos y características. Valor legal. Obligaciones de los inspeccionados. Otros mecanismos de control.

28. La toma de muestras en la inspección de consumo: Reglamentarias e indicativas. Muestras de alimentos y productos industriales.

29. Medidas Provisionales: Objeto y marco de actuación. Procedimiento de adopción de medidas provisionales: Acuerdo de Inicio, Propuesta de resolución y resolución. Multa coercitiva.

30. La protección de la salud y seguridad de las personas y bienes. Normativa sobre seguridad general de los productos: objetivo y ámbito de aplicación. Los deberes para garantizar la seguridad general de los productos.

31. Medidas administrativas no sancionadoras de restablecimiento o garantía de seguridad.

32. La Importancia de los Laboratorios en el proceso de inspección de Consumo: El Centro de Investigación y Control de la Calidad (CICC) y el Centro Nacional de Alimentación (CNA).

33. Las infracciones en la Ley de protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. Calificación de las infracciones.

34. La potestad sancionadora de la Administración Pública. La potestad sancionadora en materia de Consumo en la Comunidad de Madrid: sanciones, graduación de las sanciones, competencia sancionadora y prescripción y caducidad.

35. El procedimiento sancionador en los expedientes de consumo en la Comunidad de Madrid: Iniciación, ordenación, instrucción y resolución.

36. Recursos administrativos y contencioso-administrativos en el procedimiento sancionador.

IV. Normativa específica

37. Contrato y garantías: ámbito de aplicación e información previa al contrato. El derecho de desistimiento: Concepto y naturaleza. Regulación. Excepciones. Ejercicio y efectos. Obligaciones y derechos de los consumidores y empresarios.

38. Cláusulas abusivas: Concepto y tipología.

39. Garantías en relación con los bienes de naturaleza duradera, y en la prestación de servicios y servicio postventa. El derecho de los consumidores a la reparación por daños y perjuicios.

40. Los daños causados por productos: conceptos, prueba, y responsabilidad. Los daños causados por otros bienes y servicios.

41. Competencia desleal: definición y tipología. Acciones contra la competencia desleal: legitimación.

42. Limitaciones a la publicidad, promoción, venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas y tabaco en la Comunidad de Madrid. Administraciones competentes.

43. Publicidad Ilícita: definición. Acciones de cesación y rectificación de la publicidad ilícita.

44. Sistemas de pago y su relación con los actos de compra de los consumidores: Problemática. Tarjetas de crédito, débito y otros instrumentos de pago.

45. El crédito al consumo. Normativa reguladora.

46. La venta a plazos de bienes muebles. Normativa reguladora.

47. Ordenación del comercio interior. Regulación: Normativa estatal y de la Comunidad de Madrid.

48. Los contratos celebrados fuera de los establecimientos mercantiles. La venta ambulante. Régimen regulador.

49. Los servicios de la sociedad de la información. Especial referencia al comercio electrónico y su regulación. Otras modalidades de contratación: Contratación a distancia.

50. Legislación alimentaria: Código alimentario, Reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad. Reglamentación técnico-sanitaria del comercio minorista.

51. Seguridad alimentaria. Contaminaciones bióticas y abióticas. Aditivos: Regulación legal. Control oficial de productos alimenticios. Controles en fabricación, distribución y comercialización. Conservación de alimentos. Duración y marcado de fechas.

52. Norma General de Etiquetado de Productos Alimenticios. Etiquetado nutricional. Normalización de productos alimentarios: Frutas, verduras, carnes y pescados.

53. Los productos ecológicos. Normativa europea, estatal y de la Comunidad de Madrid. Distintivos de productos ecológicos. Especial referencia al Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid. Otros organismos competentes.

54. Norma General de Etiquetado de Productos Industriales. Normalización, homologación y certificación. Análisis de la aplicatoriedad de las normas UNE y EN. Organismos competentes.

55. Productos de consumo afectados por las directivas de nuevo enfoque: Juguetes y otros productos industriales destinados a la infancia. Seguridad y etiquetado.

56. La seguridad en otros productos industriales. Responsabilidad de los distintos sujetos intervinientes en el proceso de producción y comercialización del producto. Diferencias entre productos provenientes de la Unión Europea y de terceros países.

57. Productos químicos y sustancias nocivas, irritantes y tóxicas. Normativa reguladora. Etiquetado e información obligatoria.

58. Textil, calzado y confección en piel. Normativa reguladora del etiquetado informativo.

59. La información al consumidor en la compraventa de viviendas. Normativa reguladora.La percepción de cantidades anticipadas durante la construcción y venta de viviendas.

60. Normativa reguladora de la edificación. Repercusión en la protección de los consumidores.

61. Regulación legal de los derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico.

62. Talleres de reparación de vehículos automóviles: Presupuestos, piezas, facturas, garantías y reclamaciones. Normativa vigente en materia de consumo.

63. El servicio de grúas de vehículos automóviles. Normativa reguladora en la Comunidad de Madrid.

64. La compraventa de vehículos usados en la Comunidad de Madrid. Normativa reguladora.

65. Reparación de aparatos de uso doméstico: Ámbito de aplicación, presupuestos, piezas, facturas, garantías y reclamaciones. Normativa en vigor.

66. La prestación de servicios a domicilio. Normativa legal.

67. Régimen regulador de los servicios de limpieza, conservación y teñido de productos textiles, cueros, pieles y sintéticos.

68. El transporte de viajeros por carretera, ferrocarril y avión: Normativa aplicable en materia de protección al consumidor. Administraciones competentes.

69. El transporte público en la Comunidad de Madrid: el Consorcio Regional de Transportes. Tramitación de las reclamaciones de los usuarios.

70. El transporte de mercancías. Normativa reguladora. Las Juntas Arbitrales de Transporte, con especial referencia a la Comunidad de Madrid.

71. La protección de los derechos del consumidor en los servicios de suministro de gasolinas y gasóleos de automoción en instalaciones de venta al público.

72. Normativa reguladora de los aparcamientos de vehículos.

73. Servicios docentes: Enseñanza reglada y no reglada. Normativa en vigor. Administraciones competentes.

74. Servicios sanitarios: Sanidad pública y privada. Normativa básica estatal y de la Comunidad de Madrid en vigor relativa a los derechos de los pacientes y usuarios. Administraciones competentes.

75. Regulación de las prácticas de tatuaje, micropigmentación, perforación cutánea u otras similares de adorno corporal. Organismos competentes.

76. Servicios sociosanitarios: Centros y servicios. Normativa de la Comunidad de Madrid en vigor relativa a los derechos de los pacientes y usuarios. Administraciones competentes.

77. Agencias de viajes y viajes combinados. Normas reguladoras. Administraciones competentes.

78. Establecimientos hoteleros, campamentos, hosterías y alojamientos de turismo rural. Normativa reguladora.

79. Apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico. Normativa vigente.

80. La Ley de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid: Inspección de Turismo y Disciplina Turística.

81. Cafeterías, restaurantes y comedores colectivos: Normativa vigente para protección de los consumidores y usuarios. Administraciones competentes.

82. Las entidades financieras y de crédito. Administraciones competentes. Estructura y competencias de la oficina de reclamaciones del Banco de España con relación a los usuarios de los servicios bancarios.

83. Los seguros y los consumidores. Sistemas de tramitación de reclamaciones. Administraciones competentes.

84. El suministro de agua en la Comunidad de Madrid. Sistema de tramitación de las reclamaciones por el Canal de Isabel II. Administraciones competentes.

85. Sistema de contratación y tarificación de los servicios de telefonía básica, móvil e Internet. Normativa reguladora. Carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas. Sistemas de tramitación de reclamaciones. Administraciones competentes.

86. El suministro doméstico de gas en lo que se refiere a los derechos de los consumidores y usuarios. Contratación. Administraciones competentes en el control de las empresas suministradoras.

87. El suministro eléctrico en lo que se refiere a los derechos de los consumidores y usuarios. Contratación. Administraciones competentes en el control de las empresas distribuidoras y empresas comercializadoras.















(01/38.963/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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