Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
11-12-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181211-135

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 14

135
Barcelona número 14. Ejecución 15 de 2018, notificación a Real Force, S. L.

EDICTO

Maria Soledad Anadón Sancho, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 14 de Barcelona.

En este Órgano judicial se tramita el procedimiento de ejecución número 15 de 2018, en el que se han dictado Auto y Diligencia de Ordenación de fecha 09/11/2018.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada REAL FORCE, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) he acordado citarle, para que comparezca en la sede de este Órgano judicial el día 20/12/2018 a las 09:05 horas para la celebración de la vista de extinción de la relación laboral regulada en el art. 280 de la LRJS y que tendrá lugar ante la Magistrada-Juez.

Le advierto que debe concurrir con los medios de prueba de que intente valerse; si se trata de la prueba documental debe presentarla debidamente ordenada y numerada.

Asimismo le advierto que su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y del juicio , que continuaran sin necesidad de declarar su rebeldía y que podrá ser tenida por conforme con los hechos de la demanda.

Contra el Auto y la Diligencia de Ordenación cabe recurso de REPOSICIÓN ante la Magistrada y la Letrada de la Administración de Justicia respectivamente, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de TRES días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se puede alegar las posibles infracciones en que haya incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos; y, además, oponerse a la ejecución despachada alegando el pago o el cumplimiento documentalmente justificado, la prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretende ejecutar siempre que hayan acaecido con posterioridad a la constitución del título; salvo la compensación de deudas que no es admisible como causa de oposición a la ejecución (artículos 187 y 239.4 LRJS).

Las resoluciones que se notifican están a disposición de la persona interesada en este Órgano judicial.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Y, para que sirva de notificación y de citación a REAL FORCE, S.L., parte demandada, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firmo el presente edicto para su publicación en el BOP, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se realizarán fijando una copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta Oficina judicial, salvo las resoluciones que deban revestir forma de auto o de sentencia o decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, todo ello de conformidad con lo establecido en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS).

En Barcelona, a 22 de noviembre de 2018.

La Letrada de la Administración de Justicia.

(03/38.708/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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