Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
12-12-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181212-157

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

157
Madrid número 37. Ejecución 176 de 2018, notificación a Juan Manuel Tundidor López

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA TERESA ESTRADA BARRANCO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 176/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. HASSAN CHABOU frente a D./Dña. JUAN MANUEL TUNDIDOR LOPEZ sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado el siguiente auto cuya parte dispositiva dice, y cuyo contenido íntegro se encuentra a su disposición en esta Oficina Judicial, sita en C/ Princesa nº3, planta 10, Madrid.

DISPONGO.- Declarar extinguida la relación laboral que unía a las partes debiendo la empresa abonar al ejecutante la cantidad de 3.134,51 euros en concepto de indemnización y la de 19.998,66 euros en concepto de salarios de tramitación.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que frente a la misma podrán interponer recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los TRES DIAS hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda.

Así, por este Auto, lo dispongo, mando y firmo.- María José García Castaño, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº37 de Madrid y su Partido Judicial.- doy fe.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. JUAN MANUEL TUNDIDOR LOPEZ , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de noviembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/38.115/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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