Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
14-12-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181214-131

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 7

131
Alicante número 7. Procedimiento 448 de 2017, notificación a Proal Edifica, S. L.

EDICTO

D./ª. SILVIA MARÍA FUENTES GUZMÁN, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO SIETE DE ALICANTE, NOTIFICA:

En los autos nº 000448/2017 seguido en este Juzgado, a instancias de RUSLAN NADIYEV frente a PROAL EDIFICA S.L. y FOGASA se ha dictado resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice así:

SENTENCIA núm. 351

En Alicante, a veintidós de octubre de dos mil dieciocho.

Vistos los autos seguidos a instancia de D Ruslan Nadiyev asistido de la letrada Dª Ana Mª Hernández López, contra Proal Edifica SL y FOGASA asistido de la letrada Dª Carmen Fermoso Fermoso, sobre reclamación de cantidad bajo el nº 448/17.

F A L L O

Que estimando la demanda sobre reclamación de cantidad interpuesta por D Ruslan Nadiyev contra Proal Edifica SL y FOGASA, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora 846,51 euros por los conceptos expresados, más los intereses de mora del 10% anual en la forma establecida en esta resolución.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria del FOGASA, en caso de insolvencia.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma no cabe Recurso por imperativo legal y por razón de su cuantía.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a la empresa demandada PROAL EDIFICA S.L., actualmente en ignorado paradero, y para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, expido y firmo el presente en Alicante, a veintidós de noviembre de dos mil dieciocho.

LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN

DE JUSTICIA

(03/38.457/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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