Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
14-12-2018

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181214-47

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

47
Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Decreto de la concejala-delegada de personal, referente a la rectificación de las bases específicas y programa por los que se regirá la convocatoria de pruebas selectivas para proveer plazas de educador infantil del ayuntamiento de Boadilla del Monte, en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal de personal laboral, al amparo de la habilitación efectuada por la ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y de conformidad con la disposición transitoria cuarta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Considerando que por decreto de la concejala-delegada de personal número 4041/2018, de 9 de octubre, se estima parcialmente el recurso de reposición número 20661/2018, interpuesto contra la base que regulaba el baremo de la fase de concurso relativa a la experiencia docente del decreto de la concejala-delegada de Personal número 2362/2018, de 6 de junio, al haberse detectado un error en los porcentajes ponderados de cada uno de los factores considerados en la fase de concurso, debiendo ser subsanado respetando los límites cuantitativos que asignen a la fase de oposición 10 puntos y a la fase de concurso 8 puntos; considerando que la base 3.1.a) omitió por error material la excepción a la nacionalidad para participar en el referido proceso selectivo relativa a los “extranjeros con residencia legal en España” prevista en el artículo 57.4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que procede subsanar en los términos del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; visto el informe favorable del jefe del Servicio de Personal, esta Tenencia de Alcaldía, en base a lo establecido en el artículo 21.1.h) y s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como en el artículo 41.14 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en uso de las facultades que le fueron delegadas mediante decreto número 37/2017, de 4 de enero, de delegación de competencias de la Alcaldía,

HA RESUELTO

Primero.—De conformidad con lo dispuesto en el decreto de la concejala-delegada de Personal número 4041/2018 de 9 de octubre, por el que se estima parcialmente el recurso de reposición número 20661/2018 interpuesto contra el Decreto número 2362/2018, de 6 de junio, por el que se aprobaron las bases del proceso selectivo extraordinario de consolidación de empleo temporal para la provisión de cinco plazas de personal laboral con categoría profesional de Educador Infantil, al haberse detectado un error en los porcentajes ponderados de cada uno de los factores considerados en la fase de concurso, dispongo la subsanación de las Bases novena y decimotercera, quedando redactadas en el siguiente sentido:

Base novena:

«Baremo y calificación de la fase de concurso: La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 8 puntos. Con carácter general serán méritos evaluables en esta fase la experiencia profesional y la formación de las personas aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo:

A) Experiencia profesional: se valorará la experiencia profesional del siguiente modo:

— Servicios prestados en el Ayuntamiento de Boadilla del Monte como funcionario interino o como personal laboral temporal en la categoría de Educador Infantil: a razón de 0,3 puntos por cada año de servicio completo, al tratarse de un proceso de consolidación de empleo temporal conforme a lo previsto en la Disposición Transitoria Cuarta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

— Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas en centros educativos de primer ciclo de Educación Infantil como funcionario interino o como personal laboral temporal en la categoría de Educador Infantil: a razón de 0,2 puntos por cada año de servicio completo.

En ningún caso la puntuación por experiencia profesional podrá exceder de 6 puntos.

La experiencia profesional se acreditará mediante certificados expedidos por el Secretario de la Administración u órgano que, en su caso, ejerza legalmente dichas funciones, donde conste claramente la categoría profesional, la duración de los servicios y las funciones desempeñada o copia compulsada de decretos de nombramiento, contratos laborales. Asimismo se acompañará de un informe de la vida laboral actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. La vida laboral solo se tomará en consideración si se presenta dentro del plazo fijado de presentación de instancias de la convocatoria.

Los contratos de trabajo o nombramientos en los que no figure la fecha de finalización de los mismos, si no se acompañan de la citada vida laboral, no se tendrán en cuenta a los efectos de computar la experiencia profesional.

B) Formación: Los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas y Centros acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas, Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos, directamente relacionados con las funciones de la categoría de la plaza convocada, que se acrediten mediante título, diploma o certificación que exprese la duración de los cursos, se valorarán en función de las horas de duración, a razón de:

— Hasta 20 horas: 0,2 puntos.

— De 21 a 50 horas: 0,3 puntos.

— De 51 a 80 horas: 0,4 puntos.

— De 81 a 150 horas: 0,5 puntos.

— De 151 a 250 horas: 0,6 puntos.

— De 251 a 350 horas: 0,7 puntos.

— Más de 350 horas: 0,8 puntos.

En los cursos en los que no se acredite el número de horas no serán valorados.

No se valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 79 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para el acceso a los distintos Grupos de titulación ni los cursos encaminados a la obtención de las mismas.

En ningún caso la puntuación por cursos de formación y perfeccionamiento podrá exceder de 2 puntos.

Los cursos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma, título o certificado.

A los efectos de contabilizar cada uno de los méritos alegados se tomará como fecha límite el último día del plazo de presentación de solicitudes.

En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la instancia o no acreditados documentalmente en plazo».

Base decimotercera:

«La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la suma de la calificación de la Fase de Oposición y la correspondiente a la Fase de Concurso.

Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal publicará en el “Boletín Oficial del Estado” y en el Tablón de Anuncios y Edictos Digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte la relación de aprobados por orden de puntuación y elevará dicha relación al Concejal de Personal a los efectos de formulación de la correspondiente contratación como personal laboral fijo. Su número no podrá exceder en ningún caso al de plazas convocadas».

Segundo.—Rectificar el error material advertido en el decreto de la Concejala-delegadade Personal número 2362/2018, de 6 de junio, en siguiente punto:

En la Base 3.1.a), donde dice:

“a) Tener nacionalidad española. También podrán participar en igualdad de condiciones que los españoles:

— Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

— El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

— Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores”.

Debe decir:

“a) Tener nacionalidad española. También podrán participar en igualdad de condiciones que los españoles:

— Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

— El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

— Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

— Los extranjeros con residencia legal en España”.

Tercero.—Aprobar el texto refundido de las bases relativas al proceso selectivo para la provisión de cinco plazas de educador infantil con las modificaciones introducidas por el presente decreto, que se incorpora como Anexo a la presente resolución.

Cuarto.—Acordar un nuevo plazo extraordinario de presentación de instancias para solicitar tomar parte en el referido proceso selectivo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, declarando válidas todas las solicitudes que se hayan presentado dentro del plazo anunciado en el “Boletín Oficial del Estado” número 215, de 5 de septiembre de 2018.

Quinto.—Disponer la publicación del anuncio correspondiente al presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Tablón de Anuncios y Edictos del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

Así lo manda y firma la primera teniente de alcalde, delegada de Coordinación, Servicios Sociales, Personal y Servicios Jurídicos, doña Susana Sánchez-Campos Guerrero, en Boadilla del Monte, debiendo tomarse razón por la Secretaría General.

La primera teniente de alcalde, concejala-delegada de Coordinación, Servicios Sociales, Personal y Servicios Jurídicos, Susana Sánchez-Campos Guerrero.

ANEXO I

Temario común

1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión.

2. El Gobierno y la Administración en la Constitución. La Ley 50/97 de 27 de noviembre del Gobierno. Órganos Centrales y órganos Territoriales.

3. La Organización territorial del Estado en la Constitución. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas. Especial referencia a la Comunidad de Madrid: origen, características, instituciones de gobierno.

4. Competencias de la Comunidad de Madrid. Clases. En especial las relativas a la Administración Local. Relaciones entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

5. La organización administrativa del Ayuntamiento de Boadilla del Monte: Los Tenientes de Alcalde. La Junta de Gobierno Local. Las Comisiones Informativas.

6. El personal al Servicio de la Administración Local: adquisición y pérdida de la condición de funcionarios. Derechos y Deberes. Régimen disciplinario.

7. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Estructura y contenido esencial. Derechos de los ciudadanos.

8. Recursos de las Haciendas Locales. Clasificación: ingresos de Derecho Público e Ingresos de Derecho Privado: especial referencia a las Tasas, Contribuciones especiales y Precios Públicos.

Temario específico

1. Evolución de la noción de infancia en la sociedad actual. Relaciones padres-hijos/as en el contexto familiar. Preocupación educativa de los padres. Relaciones Escuela-Familia-educadoras.

2. Regulación y ordenación de la educación infantil en la Ley Orgánica LOMCE. La educación infantil, primera etapa del sistema educativo, objetivos, organización, estructura...

3. Evolución del concepto de niño a través de la historia. Derecho de los niños a vivir la infancia. Los derechos de la infancia según los organismos internacionales. Declaración Universal de los derechos del niño. Ley de Garantía de los derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid.

4. Desarrollo, crecimiento y maduración. Los alumnos/as de Educación infantil y su desarrollo en el primer ciclo de Educación Infantil. Desarrollo evolutivo durante el primer año de vida del niño/a.

5. El desarrollo sensorial y perceptivo en el niño/a de 0-3 años. La sensación y percepción como fuente de conocimiento. La percepción como medio para poner en contacto al alumno con el medio en el que se desenvuelve. La educación sensorial para conocer el mundo que les rodea.

6. Factores que intervienen en la salud de los niños. Conceptos básicos de salud, Relaciones entre salud y medioambiente

7. Didáctica de la Educación Infantil: Análisis de los principios de Intervención Educativa. Principios metodológicos de la Etapa de Educación Infantil. Principio de Actividad. La Globalización. La Individualidad. La socialización. Principio lúdico y vivencial.

8. La Educación Infantil, modelo educativo. Finalidad y objetivos fundamentales de la etapa. Objetivos del ciclo 0-3 años. Contenido curricular, áreas y ámbitos de experiencia. Marco legislativo y normativa.

9. Los Temas Transversales en Educación Infantil: Educación para la Igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Educación Ambiental. Educación para la Paz. Educación del consumidor. Educación vial. Educación para la salud. Educación moral y cívica.

10. El proyecto educativo del centro (I). Elementos fundamentales: señas de identidad, objetivos educativos, principios metodológicos, organización interna de los niños, padres y educadores.

11. El proyecto educativo del centro (II). Recursos materiales. Recursos humanos. Régimen interior y normas de funcionamiento. Iniciativas y proceso para la elaboración del proyecto educativo.

12. Relaciones con las familias: Canales de comunicación, entrevistas, reuniones, informes y formativas.

13. Participación de las familias en la vida del centro: actividades e iniciativas.

14. La integración del alumnado con necesidades educativas especiales en la Escuela de Educación Infantil. Integración Escolar como medio para favorecer los principios de Diversidad e Igualdad. Principio de Normalización. Estrategias Educativas. Adaptaciones Curriculares para niño/a con necesidades educativas especiales.

15. Espacio exterior, juegos al aire libre, el patio como elemento educativo, equipamientos y uso de los espacios.

16. Carácter pedagógico de los espacios de juego al aire libre. Actividades, que deben favorecer los espacios exteriores de la escuela infantil en 0-3 años.

17. Hábitos y pautas de comportamiento. Como se forma un hábito, Condiciones necesarias para su adquisición.

18. Educación higiénica: el control de esfínteres, introducción del orinal. Retirada parcial del pañal. El paso al inodoro, actitudes que hay que evitar. Aspectos a tener en cuenta en el aprendizaje del control de esfínteres.

19. La alimentación infantil. Importancia de una educación alimenticia desde la escuela en los primeros años de vida. Fase de transición, la incorporación progresiva de los alimentos. La comida como recurso educativo. Desarrollo de hábitos en la rutina de la comida en la educación infantil.

20. La importancia del juego en educación infantil. Características del juego en el niño de 0-3 años. El juego funcional o de ejercicio en el estadio psicomotor luego simbólico: beneficios y acciones. Tipos de juego: Cesto de los tesoros y juego heurístico.

21. Desarrollo motor en los niños de 0-3 años. Principales factores que intervienen en el desarrollo motórico de la primera infancia. El dominio corporal: el tono, la postura, el equilibrio y la coordinación psicomotriz. Lateralidad.

22. La importancia de la educación musical en los primeros años de vida. Beneficios de la música en educación infantil. Materiales y recursos educativos para favorecer la educación auditiva en los niños de 0-3 años.

23. El papel de la manipulación y la experimentación en la construcción del conocimiento. La experimentación como principio metodológico en educación infantil. Como aprenden los niños del primer ciclo de educación infantil. Contenidos curriculares.

24. El teatro como herramienta docente. Concepto de teatro y dramatización. Posibilidades y limitaciones de los niños en educación infantil en relación al teatro. Importancia de la dramatización y el teatro en educación infantil. Técnicas y estrategias que favorecen la estimulación sensorial. Juego dramático y teatro infantil.

25. El desarrollo de actividades matemáticas en los niños de 0-3 años a partir de la vida cotidiana Desarrollo de las capacidades relacionadas con el pensamiento lógico-matemático. Recursos didácticos y actividades adecuadas al primer ciclo de infantil, para potenciar el pensamiento lógico-matemático.

26. La literatura infantil. Narrativa infantil: el cuento. La importancia de los cuentos en educación infantil. El valor de los cuentos en la primera infancia El cuento como recurso motivador para transmitir los contenidos escolares. Biblioteca de aula.

27. Iniciación al lenguaje y comunicación en los niños de 0-3 años. La conquista de las primeras palabras y estructuras gramaticales. Factores que afectan a la adquisición del lenguaje en la primera infancia.

28. Arte, educación en la primera infancia. El arte como lenguaje para expresar emociones. Desarrollo de la creatividad y la imaginación a través de las experiencias artísticas.

29. Incorporación de los niños a la escuela infantil. Como trabajar las primeras relaciones educador-padres. Conductas y comportamientos más frecuentes cuando el niño entra en la escuela infantil por primera vez. Organización de los tiempos de permanencia en el aula durante el período de adaptación de los niños.

30. La adquisición de la autonomía en los niños de 0-3 años. Como trabajar en el aula los hábitos de autonomía. La adquisición de la autonomía libre, voluntaria y a su tiempo.

31. El educador, un profesional de la educación: Funciones del educador en educación infantil. Recursos para crear un ambiente en el aula. Papel motivador del proceso de enseñanza-aprendizaje.

32. La importancia de la transmisión de hábitos y rutinas en educación infantil. Actividad y descanso. El sueño como necesidad fisiológica básica. Necesidades y ritmos de sueño de 0-3 años. Criterios educativos en el tiempo de descanso: La hora de dormir Espacios adecuados para el sueño en niños de 0-3 años.

En Boadilla del Monte, a 6 de noviembre de 2018.—La primera teniente de alcalde, Susana Sánchez-Campos Guerrero.—E.P. Secretaria General en funciones (TR), María Teresa Dávila Ribas.

(02/37.230/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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