Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
14-12-2018

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181214-62

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

62
Soto del Real. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno Corporativo, en sesión ordinaria celebrada con fecha 7 de noviembre de 2018, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar inicialmente los expedientes de modificación de créditos, al presupuesto de 2018 que se indican. Sometido el acuerdo a información pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de noviembre número 274, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, no se han presentado alegaciones por lo que ha resultado aprobado definitivamente:

ANEXO

TRANSFERENCIA CRÉDITO DISTINTA ÁREA DE GASTO MODIFICACIONES DE CRÉDITO 2018 INTERVENCIÓN

Providencia de Alcaldía

Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación es insuficiente y no ampliable, y existiendo en el presupuesto actualmente vigente, aplicaciones presupuestarias cuya consignación puede ser minorada sin que por ello se vea perjudicado el servicio correspondiente.

Siendo la modificación que se propone la siguiente:

DISPONGO

Que por la señora interventora sea emitido informe sobre la legislación aplicable, el procedimiento a seguir y la fiscalización contable, para la realización de transferencias de crédito entre aplicaciones presupuestarias de distinta área de gasto.

En Soto del Real, a 31 de octubre de 2018.

BAJA POR ANULACIÓN DE CRÉDITO COMPENSADA CON DISMINUCIÓN DE INGRESOS MODIFICACIONES DE CRÉDITO 2018 INTERVENCIÓN

Providencia de Alcaldía

Ante la necesidad de reducir el crédito asignado a las aplicaciones relacionadas toda vez que se ha producido una reducción del gasto motivada por bajas en los programas de fomento del empleo o por su imputación al ejercicio 2017 y toda vez que se va a producir una reducción en la ejecución del concepto de ingresos afectado, se hace precisa la aprobación de una baja por anulación de créditos compensada con una disminución en el concepto de ingresos.

Siendo la modificación que se propone la siguiente:

Financiación

Esta modificación se compensa con una disminución en la previsión de ingresos, en los siguientes términos:

El crédito propuesto para la baja por anulación se estima reducible sin suponer una perturbación en los programas de formación toda vez que el motivo que le da origen son las bajas en los programas de fomento del empleo o imputación de la factura en el ejercicio 2017 y toda vez que se va a producir una reducción en la ejecución del concepto de ingresos afectado.

DISPONGO

Que por la señora interventora sea emitido informes sobre la legislación aplicable, el procedimiento a seguir y la fiscalización contable, para la realización de la modificación presupuestaria de baja por anulación.

En Soto del Real, a 5 de noviembre de 2018.—El alcalde, Juan Lobato Gandarias.

(03/40.398/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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