Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
17-12-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181217-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 6

117
Navalcarnero número 6. Procedimiento 830 de 2017, notificación a Alimentación Félix Nieto e Hijos, S. L.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 830 de 2017, entre “Arellano del Frío, Sociedad Limitada” y “Alimentación Félix Nieto e Hijos, Sociedad Limitada”, en reclamación de 471,20 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 162 de 2018

Navalcarnero, a 13 de septiembre de 2018.—La magistrada-juez, María Torres Valiño.

Vistos por mí, doña María Torres Valiño, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Navalcarnero, los autos del juicio verbal número 830 de 2017, procedo a dictar la siguiente resolución:

Fallo

Estimo totalmente la demanda interpuesta por la representación procesal de “Arellano del Frío, Sociedad Limitada” contra “Alimentación Félix Nieto e Hijos, Sociedad Limitada”, condenando a esta demandada a pagar la cantidad de 471,20 euros a “Arellano del Frío, Sociedad Limitada”, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, con expresa condena de costas.

Por esta mi sentencia, así lo acuerdo, mando y firmo.—La magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Navalcarnero, María Torres Valiño. Doy fe.

La presente sentencia es firme y contra la misma no cabe recurso alguno, por ser de cuantía inferior a 3.000 euros, conforme el artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal (artículo 12 y disposición transitoria única).

Y para que sirva de notificación a “Alimentación Félix Nieto e Hijos, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente en Navalcarnero, a 23 de octubre de 2018.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/37.709/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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