Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
17-12-2018

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181217-190

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

190
Madrid número 37. Ejecución 167 de 2017, notificación a Jesús Tomás García Alía

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA TERESA ESTRADA BARRANCO LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 167/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. ATANACIA CABALLERO VERA frente a D. JESUS TOMAS GARCIA ALIA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 3.121,91 euros de principal; 1.019 euros de intereses y costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado D. JESUS TOMAS GARCIA ALIA, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2810-0000-64-0167-17. Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARIA TERESA ESTRADA BARRANCO

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. JESUS TOMAS GARCIA ALIA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de noviembre de dos mil dieciocho.

LA LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/38.388/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181217-190