Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
26-12-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181226-198

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 2

198
Alicante número 2. Procedimiento 718 de 2017, notificación a Elche Dental, S. L. U.

EDICTO

Don Román Huertas Nafría, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de los de Alicante.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 718 de 2017 a instancias de doña Yolanda María Climent Lledó, contra “Elche Dental, Sociedad Limitada Unipersonal” y “I Levante Dental Proyecto Odontólogico, Sociedad Limitada Unipersonal”, en la que el día 6 de junio de 2018 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

Estimando en parte la demanda formulada por doña Yolanda María Climent Lledá, asistida y representada por el letrado don Francisco González Fernández, frente a “l Levante Dental Proyecto Odontológico, Sociedad Limitada Unipersonal” y al Fondo de Garantía Salarial, declaro el despido con fecha de efectos de 6 de octubre de 2017 improcedente, condenando a la readmisión de la trabajadora o al abono de la indemnización en la suma de 2.875.02 euros, a opción del empresario, que deberá ejercitar dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado; absolviendo a “Elche Dental, Sociedad Limitada Unipersonal” de la pretensión deducida frente a la misma.

Sin perjuicio de las responsabilidades legales del Fondo de Garantía Salarial en caso de insolvencia.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el cual deberá anunciarse mediante comparecencia, por escrito o por simple manifestación de la parte ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación debiendo, si fuera empresa condenada quien recurre, presentar resguardo acreditativo de haber ingresado el importe de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones del “Banco Santander” con número de cuenta expediente 0112-0000-65-071817; así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones del “Banco Santander” con número de cuenta expediente 0112-0000-67-071817, determinando la no aportación de dichos resguardos la inadmisión del recurso, pudiendo sustituirse la consignación en metálico de la condena por su aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar necesariamente la responsabilidad del avalista.

En caso de transferencia bancaria se puede realizar el ingreso a la cuenta del “Banco Santander” con el siguiente IBAN ES55-0049-3569-9200-0500-1274, en el campo “Beneficiario” Juzgado de lo social número 2, en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” se consignarán los 16 dígitos de la cuenta expediente en un solo bloque sin guiones, puntos o espacios.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación a “Elche Dental, Sociedad Limitada Unipersonal”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente.

En Alicante, a 20 de noviembre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/40.521/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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