Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
26-12-2018

Sección 1.3.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181226-30

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

30
ORDEN 2392/2018, de 30 de noviembre, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, por la que se modifica la composición de la Comisión de Protección Civil de la Comunidad de Madrid.

Mediante Decreto 61/1989, de 4 de mayo, se crea la Comisión de Protección Civil de la Comunidad de Madrid, se establece su composición y se determinan sus funciones y su régimen de funcionamiento, modificado por el Decreto 150/2018, de 16 de octubre, para adecuarla a los cambios producidos en el ámbito de la materia de protección civil de la Comunidad de Madrid. En esta modificación se designa Vicepresidente Primero de la Comisión de Protección Civil de la Comunidad de Madrid al Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.

La Comisión está compuesta por representantes de la Administración Local, Autonómica y Estatal, lo que permite configurarla como un instrumento de cooperación de todas las Administraciones Públicas en el ámbito de protección civil.

Por lo que respecta a la representación de la Comunidad de Madrid en la Comisión de Protección Civil, el artículo 4.e) del Decreto 61/1989, de 4 de mayo, dispone que sus representantes serán tres, correspondiendo la designación al Consejero responsable en materia de protección civil, en la actualidad, el Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno.

Mediante Orden de 7 de mayo de 2009, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, se nombraron los miembros de la Comisión de Protección Civil de la Comunidad de Madrid. Esta Orden ha sido modificada parcialmente por la Orden 1228/2013, de 9 de mayo; por la Orden 3009/2013, de 16 de octubre; por la Orden 1953/2016, de 19 de mayo, y por la Orden 3602/2017, de 1 de diciembre.

La composición de la Comisión se ve afectada por dos nuevos Decretos:

El Decreto 77/2017, de 12 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 192/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, y se pone en funcionamiento la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.

Y el Decreto 87/2018, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, las competencias en materia de coordinación de los servicios operativos con competencias en materia de seguridad, atención y gestión de emergencias, la prevención y extinción de incendios y salvamentos y de protección civil recaen en la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, a la que se adscriben dos centros directivos: Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación y Dirección General de Emergencias, repartiéndose entre ambas las competencias en materia de prevención, por una parte y operativo, por otra. Las competencias atribuidas a la Comisión de Protección Civil de la Comunidad de Madrid quedan en el ámbito de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación.

En atención a los mismos, la composición de la Comisión de Protección Civil establecida en la mencionada Orden debe ahora ser modificada para reflejar los cambios producidos en la Administración de la Comunidad de Madrid en materia de protección civil y emergencias. Por todo ello, se hace preciso renovar la composición actual de este órgano.

En su virtud, y de conformidad con lo anteriormente expuesto,

DISPONGO

Primero

Nombrar como miembros de la Comisión de Protección Civil de la Comunidad de Madrid a:

1. En representación de la Comunidad de Madrid:

— El Director General de Seguridad, Protección Civil y Formación.

— El Director General de Emergencias.

— El Director Gerente del SUMMA 112.

2. Secretario: El titular de la Subdirección General de Protección Civil de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación. En caso de vacante, ausencia o enfermedad será sustituido por el Jefe de Servicio de Protección Civil de dicha Subdirección.

Segundo

Dejar sin efecto los puntos 4 y 6 del apartado primero de la Orden de 7 de mayo de 2009, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.

Tercero

La presente Orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 30 de noviembre de 2018.

El Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, PEDRO MANUEL ROLLÁN OJEDA

(03/41.641/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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