Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
27-12-2018

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181227-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAR DEL OLMO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Villar del Olmo. Organización y funcionamiento. Delegaciones competencias

Con fecha 25 de septiembre de 2018, mediante resolución 884/2018, la alcaldesa-presidenta ha resuelto:

«Resolución de Alcaldía, nombramiento de concejales-delegados:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 43 del ROF, resuelvo:

Primero.—Revocar la delegación de competencias realizada en fecha 29 de junio de 2015, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 179, de 30 de julio de 2015.

Segundo.—Nombrar las siguientes Concejalías-Delegadas con efectos desde el día siguiente al de la fecha de esta resolución, que habrán de recaer en los concejales que igualmente se designan, salvo aquellas atribuciones que resulten indelegables por así determinarlo la legislación vigente:

— Sanidad y Servicios Sociales: don Carlos Bellón Arrojo.

— Juventud y Deportes: don Carlos Martínez Carmona.

— Medio Ambiente, Medio Rural y Turismo: don Mariano Blanco Escribano.

— Educación, Cultura y Régimen Interior: doña Sonia Rincón Sánchez.

— Urbanismo y Urbanización “Eurovillas”: don Francisco González Lahera.

Tercero.—Comunicar la modificación de las delegaciones a los concejales designados.

Cuarto.—Publicar los nombramientos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto.—Dar cuenta de la Resolución al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre».

Villar del Olmo, a 27 de septiembre de 2018.—La alcaldesa-presidenta, Lucila Toledo Moreno.

(03/41.790/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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