Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2019

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190102-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRELAGUNA

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Torrelaguna. Régimen económico. Calendario fiscal

Por decreto de Alcaldía 697/2018, de 29 de noviembre, se ha aprobado el calendario de cobro de los impuestos municipales para el año 2019, cuya cobranza tendrá lugar en los siguientes plazos en período voluntario:

1) Del 1 de marzo al 30 de abril:

— Impuesto de vehículos de tracción mecánica.

— Tasa por entrada de carruajes.

— Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos.

2) Del 1 de junio al 31 de julio:

— Impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana (primer plazo).

3) Del 15 de septiembre al 15 de noviembre:

— Impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana (segundo plazo).

— Impuesto de bienes inmuebles de naturaleza rústica y de características especiales.

— Impuesto de actividades económicas.

Los interesados podrán consultar los padrones pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde el inicio del período voluntario, ante el alcalde del Ayuntamiento.

Transcurridos los plazos expuestos, las deudas tributarias no satisfechas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

En Torrelaguna, a 5 de diciembre de 2018.—El alcalde, Óscar Jiménez Bajo.

(02/40.098/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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