Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190102-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 5

78
Alcobendas número 5. Procedimiento 1.169 de 2016, notificación a José Antonio Baena Talaverón

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.169 de 2016, entre “Host Finance Spain, Sociedad Limitada” y don José Antonio Baena Talaverón, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 108 de 2018

Magistrada-juez doña María del Pilar de Frutos Sánchez.—Alcobendas, a 26 de marzo de 2018.

Doña María del Pilar de Frutos Sánchez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcobendas (Madrid), habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 1.169 de 2016, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancias de “Hoist Finance Spain, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña María Rosa Fernández Pedrera Cirera, con la asistencia letrada de don Andrés Estany Segalas, contra don José Antonio Baena Talaverón, en situación procesal de rebeldía.

En nombre de Su Majestad el Rey dictó la presente resolución.

Fallo

Que con estimación en parte de la demanda interpuesta por la procuradora doña María Rosa Fernández Pedrera en nombre y representación de “Hoist Finance Spain, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña María Rosa Fernández Pedrera, contra don Antonio Baena Talaverón, “Estrella Receivables Ltd.”, debo declarar y declaro haber lugar en parte a la misma, condenando a la parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 11.130,11 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda. Y sin expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe formular, ante este Juzgado, recurso de apelación, que se interpondrá en el plazo de veinte días, contados desde el día siguiente a la notificación, conforme disponen los artículos 455 y 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se pone en conocimiento de las partes que para la admisión del recurso de apelación será necesario que en el momento de su interposición se haya consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado la cantidad de 50 euros, debiendo acompañar el justificante acreditativo de dicho ingreso.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Y para que sirva de notificación a don José Antonio Baena Talaverón, expido y firmo la presente en Alcobendas, a 20 de julio de 2018.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/40.850/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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