Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2019

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190103-30

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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EXTRACTO del Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, de 13 de diciembre de 2018, por el que se convocan las Ayudas de Movilidad de Personal Docente y Personal Investigador para el año 2019.

BDNS (Identif.): 429650

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero

Beneficiarios

Podrán solicitar estas ayudas los profesores o Investigadores de la Universidad de Alcalá con dedicación a tiempo completo, excepto lo recogido en el punto 2.3 de la convocatoria.

El personal docente e investigador deberá estar en activo durante el desarrollo de la estancia.

En el caso del personal investigador contratado para la realización de un proyecto de investigación es necesario que haya disfrutado de al menos doce meses de contrato en la UAH a fecha de cierre de la convocatoria en los dos últimos años, y con una dedicación a la UAH durante todo este tiempo de al menos el 50 por 100.

Personal investigador contratado con cargo a las ayudas del programa operativo de empleo juvenil y la iniciativa de empleo juvenil (YEI) en la categoría de ayudante de investigación e investigador posdoctoral.

Segundo

Objeto

Potenciar la movilidad de nuestros investigadores, incentivando estancias en otros centros de reconocido prestigio, preferentemente dentro del Espacio Europeo de Investigación, para fomentar el intercambio de ideas y conocimientos y establecer contactos que deriven en el desarrollo de proyectos de investigación conjuntos que puedan ser financiables por la Unión Europea.

Tercero

Bases reguladoras

Convocatoria de las Ayudas de Movilidad del Personal Docente y Personal Investigador (https://portal.uah.es/portal/page/portal/investigacion/financiacion/prog... _propio/movilidad#pdi)

Cuarto

Cuantía

El importe de la ayuda para la estancia será de hasta 20 euros/día para estancias en centros españoles y de hasta 40 euros/día para estancias en centros extranjeros.

El importe de la ayuda de viaje será de hasta de 90 euros para centros peninsulares y de 125 euros centros insulares, de hasta 300 euros para países del espacio europeo y de hasta 800 euros al resto del mundo.

El importe total de esta convocatoria, junto con los importes totales de las convocatorias de Ayudas de Movilidad de Personal Investigador en Formación 2019, y Ayudas para Estancias de Científico y Tecnólogos Extranjeros en la Universidad de Alcalá 2019, es de 165.000 euros.

Esta convocatoria se financia con cargo a la aplicación presupuestaria 30400M000.541.A645.07.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes (tanto de forma telemática como por registro) permanecerá abierto desde la fecha de publicación de la convocatoria hasta 31 de enero de 2019, ambos inclusive.

Las solicitudes se presentarán a través de la opción “Convocatorias” disponible en el Portal del investigador. Una vez realizada la solicitud telemática se imprimirá y se presentará en el Registro Central o en los Registros periféricos de la Universidad de Alcalá, o por cualquiera de los medios contemplados en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En ambos casos, será de aplicación el plazo para la presentación de las solicitudes establecido en el punto 3.1 de la presente convocatoria. En la aplicación telemática se incluirán como ficheros adjuntos a la solicitud los documentos indicados en la convocatoria.

Sexto

Otros datos

Las estancias susceptibles de ayuda tendrán una duración máxima de dos meses, debiendo haberse iniciado después del día 1 de enero de 2019 y antes del día 31 de diciembre de 2019.

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

Las solicitudes serán estudiadas y evaluadas por la Comisión de Investigación, que resolverá según los siguientes criterios:

Que dentro de los objetivos de la estancia esté la toma de contacto con el grupo investigador de acogida para la puesta en marcha o desarrollo de un proyecto de investigación.

La relevancia del centro de acogida (se valorará el historial científico del grupo investigador de acogida).

Octavo

Recursos

La presente resolución agota la vía administrativa, y contra ella cabe interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de lo anterior, la presente resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Alcalá de Henares, a 13 de diciembre de 2018.—El Vicerrector de Investigación y Transferencia, Francisco Javier de la Mata de la Mata.

(03/41.782/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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