Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2019

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190103-48

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

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Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno. Delegación de funciones

Acuerdo de 13 de diciembre de 2018, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se avoca la competencia para la redacción y ejecución del proyecto de construcción de un paso de cebra en la calle Fernández Caro y se delega en la concejala presidenta del Distrito de Ciudad Lineal.

En virtud de los Presupuestos Participativos fue aprobado el Proyecto número 2032, consistente en la construcción de un paso de cebra en la calle Fernández Caro, en el tramo comprendido entre la calle Mariano Díaz Alonso y la calle de los Misterios, con un importe asignado de 30.000 euros.

El distrito de Ciudad Lineal asumió la posibilidad material de llevar a cabo la ejecución de este proyecto que inicialmente fue asignado al Área de Desarrollo Urbano Sostenible a propuesta de la Dirección General de Participación Ciudadana.

La actuación consiste en la construcción del citado paso de cebra, mediante la ejecución de las obras consistentes en la elevación de la calzada a la altura de la cota de las aceras para adecuarlo a la normativa vigente en materia de accesibilidad, así como realizar el avance de las aceras con el fin de evitar estacionamientos indebidos y reducir la distancia de paso de los peatones en el cruce de las calles anteriormente mencionadas.

Asimismo, se tendrá en cuenta el drenaje superficial por aguas de lluvia para evitar el embalsamiento de agua en la calzada.

La señalización tanto horizontal como vertical del paso de cebra se llevará a cabo de acuerdo con la normativa vigente, instalándose además en las aceras el pavimento tacto-visual para guiado y aviso de peligro a las personas invidentes.

Por una parte, conforme lo establecido en el apartado 4.o.2.7.f) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, corresponde a los concejales presidentes de los Distritos la competencia de redactar, planificar y ejecutar proyectos de renovación y acondicionamiento de pavimentos de vías y espacios públicos de la red local distrital, en colaboración con el Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible.

A tales efectos, se entiende por red local distrital la definida en el planeamiento municipal como “Red viaria local”, a excepción del viario en el que se dé alguno de los siguientes supuestos: que forme parte de la Red Básica de Transportes, que se trate de una vía o espacio público singular, o que sea límite de Distrito.

Por otra parte, de conformidad con lo previsto en el apartado 10.1.2 f) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, corresponde a la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras la competencia de redactar, planificar y ejecutar los proyectos de adecuación y reforma de las vías públicas y obras de paso, así como la ejecución de obras de remodelación y urbanizaciones de vías y espacios públicos, en coordinación con los Distritos.

La calle Fernández Caro pertenece a la Red Básica de Transportes, por lo que la actuación proyectada no está dentro de la esfera de competencias asignadas al Distrito, según lo señalado en los apartados citados con anterioridad.

No obstante, existen razones territoriales, técnicas, económicas y sociales que aconsejan que, de forma puntual, la redacción y ejecución del proyecto de mejora del espacio público en el mencionado ámbito perteneciente al Distrito de Ciudad Lineal, pueda realizarse por parte del propio Distrito.

Dichas razones se derivan de que la referida actuación está considerada como Inversión Financieramente Sostenible, cuya propuesta ya ha sido tramitada en el Área de Gobierno de Economía y Hacienda y aprobada por el Pleno en sesión de 11 de julio de 2018 e incorporada presupuestariamente al Distrito de Ciudad Lineal por un importe de 30.000 euros, con el fin de que la actuación pueda ser abordada por el propio distrito desde una perspectiva de mayor cercanía con sus vecinos, así como con una mayor celeridad.

Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque la competencia previamente delegada en la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras, conforme a lo dispuesto en el apartado 10.1.2.f) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, y que tal competencia sea posteriormente delegada en la Concejala Presidenta del Distrito de Ciudad Lineal.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta del titular del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social y del titular del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, que eleva la titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo en su calidad de primera teniente de alcalde y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 13 de diciembre de 2018,

ACUERDA

Primero.—Avocar la competencia delegada en la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras en el apartado 10.1.2.f) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, única y exclusivamente en lo relativo a redactar y ejecutar el proyecto de construcción de un paso de cebra en la calle Fernández Caro, en el tramo comprendido entre la calle Mariano Díaz Alonso y la calle de los Misterios, del Distrito de Ciudad Lineal.

Segundo.—Delegar en la concejala presidenta del Distrito de Ciudad Lineal la competencia avocada en el apartado anterior.

Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos.

Tercero.—Se faculta a la persona titular del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Cuarto.—Se faculta a la persona titular de la Gerencia de la Ciudad para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

Quinto.—Quedan sin efecto todos los acuerdos que se opongan o contradigan lo establecido en el presente acuerdo.

Sexto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

Séptimo.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

Madrid, a 13 de diciembre de 2018.—La secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.

(03/41.226/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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