Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
04-01-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190104-81

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 55

81
Madrid número 55. Procedimiento 1.483 de 2015, notificación a Inmobiliaria Centro, S. A., y otros

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.483 de 2015, entre don José Antonio Otero Cerezo y “Lobato y Bua, Sociedad Anónima”, “Inmobiliaria Centro, Sociedad Anónima”, y “Edificaciones Orense, Sociedad Anónima”, en reclamación de 50.000 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 80 de 2018

Magistrado-juez don Jaime Maldonado Ramos.—En la villa de Madrid, a 20 de marzo de 2018.

Ha sido visto el juicio ordinario seguido en este Juzgado con el número 1.483 de 2015, entre las partes que constan en el encabezamiento, con la representación procesal y asistencia letrada que también se indican.

El objeto del juicio es una acción de elevación a escritura pública de un contrato de compraventa.

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta, debo:

1.o Declarar la plena validez y eficacia del contrato privado de compraventa, de fecha 26 de junio de 1986, de las plazas de garaje números 16 y 17, situadas en el sótano segundo de la finca destinada a garaje de la calle Orense, número 28, de Madrid, suscrito entre “Lobato y Bua, Sociedad Anónima” (como parte vendedora) y don José Antonio Otero Cerezo (como parte compradora), considerándolo totalmente perfeccionado y consumado, y que este último, por tanto, es el legítimo propietario en pleno dominio de dos diecisieteavas partes indivisas del local destinado a garaje en el segundo sótano del edificio sito en la calle Orense, número 28, de Madrid, señaladas con los números 16 y 17 de la finca registral número 54.562 inscrita en el Registro de la Propiedad número 6 de Madrid (obrante al folio 39, del tomo 3071, libro 2512).

2.o Decretar la cancelación de cuantos asientos registrales se practicaron con base en la escritura de compraventa suscrita entre “Edificaciones Orense, Sociedad Anónima”, e “Inmobilaria Centro, Sociedad Anónima”, en virtud de escritura autorizada por el notario de Madrid don José María Álvarez Vega el 16 de febrero de 1989, que contradigan el derecho dominical de la parte demandante sobre las referidas fincas.

3.o Condenar a la parte demandada a que proceda a la elevación a público del contrato privado de compraventa de las plazas de garaje números 16 y 17, situadas en el sótano segundo de la finca destinada a garaje de la calle Orense, número 28, de Madrid, en fecha 26 de junio de 1986, suscrito entre “Lobato y Bua, Sociedad Anónima” (como parte vendedora) y don José Antonio Otero Cerezo (como parte compradora), en el plazo de un mes desde que sea firme la sentencia y, en caso de no ser verificado por la parte demandada, a que se haga a su costa mediante las acciones legales sustitutorias que correspondan.

4.o Condenar a la parte demandada a estar y pasar por las anteriores declaraciones y condenas.

5.o No imponer las costas de este litigio a la codemandada “Lobato y Bua, Sociedad Anónima”, e imponerlas a las codemandadas “Edificaciones Orense, Sociedad Anónima”, e “Inmobiliaria Centro, Sociedad Anónima”.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndolas de que cabe interponer recurso de apelación contra ella en el plazo de veinte días desde su notificación. Adviértase a las partes de que para la interposición del recurso será necesario constituir depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado.

Así, por esta sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.—El magistrado-juez.

Publicación

En el día de la fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el magistrado que la dictó, celebrando audiencia pública.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación “Inmobiliaria Centro, Sociedad Anónima”, y “Edificaciones Orense, Sociedad Anónima”, expido y firmo la presente en Madrid, a 28 de marzo de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/13.511/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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