Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6

Fecha del Boletín 
08-01-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190108-105

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

105
Madrid número 9. Procedimiento 704 de 2017, notificación a Guillermo Santos Álvarez Soluciones Empresariales, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 09 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 704/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALAZNE MARTINEZ BERMEJO, D./Dña. VIRGINIA AGREDANO MOMPARLER y D./Dña. OLIVIA DIAZ CORREAS frente a GUILLERMO SANTOS ALVAREZ SOLUCIONES EMPRESARIALES SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a veinte de noviembre de dos mil dieciocho.

PARTE DISPOSITIVA: Estimar el recurso de aclaración formulado por D. Alfonso Corredera Mencía, en nombre y representación de Dña. Alazne Martínez Bermejo, Dña. Olivia Díaz Correas, Dña. Virginia Agredano Momparler debiendo aclarar el fallo de la Sentencia de fecha 23.10.2018, que deberá decir:

FALLO

QUE ESTIMANDO la demanda formulada por Dña. ALAZNE MARTINEZ BERMEJO, Dña. OLIVIA DIAZ CORREAS y Dña. VIRGINIA AGREDANO MOMPARLER, frente a GUILLERMO SANTOS ALVAREZ SOLUCIONES SL, en materia de Ordinario debo condenar y condeno a la demandada GUILLERMO SANTOS ALVAREZ SOLUCIONES SL a abonar a Dña. ALAZNE MARTINEZ BERMEJO, la suma de 853,87 euros, a Dña. OLIVIA DIAZ CORREAS la suma de 1,244,33 euros y Dña. VIRGINIA AGREDANO MOMPARLER la suma de 630,75 euros, todas ellas con más el 10% de interés por mora.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D. JOSE MARIA REYERO SAHELICES.

EL MAGISTRADO-JUEZ

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GUILLERMO SANTOS ALVAREZ SOLUCIONES EMPRESARIALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de diciembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/40.280/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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