Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6

Fecha del Boletín 
08-01-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190108-153

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 1

153
Huelva número 1. Procedimiento 1.061 de 2014, notificación a Abantia Ticsa

EDICTO

Don Pedro Rafael Medina Medina, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Huelva.

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.061 de 2014, a instancias de la parte actora “Asistencia Técnica Instrumentación Automoción Control y Suministros, Sociedad Anónima”, contra don Pedro Cumbreras Redondo, Instituto Nacional de la Seguridad Social-Tesorería General de la Seguridad Social, “Abantia Ticsa” y “Atlantic Copper, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre Seguridad Social, en materia prestacional, se ha dictado auto de fecha 10 de julio de 2018, siendo su parte dispositiva del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

No habiéndose formalizado el recurso anunciado por la parte recurrente, dentro del plazo legalmente previsto, se tiene por decaído de su derecho a dicha parte y por firme la sentencia recaída en las presentes actuaciones.

Notifíquese a las partes la presente resolución, a las que se les advierte de que contra la misma cabe recurso de queja, que se interpondrá ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma la ilustrísima doña María del Mar Centeno Begara, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Huelva.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Abantia Ticsa”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Huelva, a 19 de julio de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/40.917/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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