Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6

Fecha del Boletín 
08-01-2019

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190108-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN

19
ORDEN 4579/2018, de 27 de diciembre, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se autoriza la implantación y supresión de enseñanzas universitarias oficiales de posgrado en las universidades de la Comunidad de Madrid.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 8.2, que la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial en las universidades públicas será acordada por la Comunidad Autónoma correspondiente, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, bien por iniciativa de la universidad, mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en su redacción vigente, regula la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales y establece las directrices, condiciones y procedimiento de verificación y acreditación que deberán superar sus planes de estudio.

Por otro lado, el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, establece la regulación de las enseñanzas oficiales de doctorado, disponiendo en su artículo 10 que los programas de doctorado conducentes a la obtención del título oficial de Doctor deberán ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por la correspondiente Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1393/2011, con las particularidades a que se refiere el citado Real Decreto 99/2011.

De acuerdo con lo anterior, se procede mediante la presente Orden a la autorización del Programa de Doctorado en Biomecánica y Bioingeniería Aplicadas a la Salud en la Universidad de Alcalá, así como del Programa de Doctorado en Ciencia y Tecnología Biomédica en la Universidad Carlos III de Madrid, que cuentan con la resolución favorable de verificación del Consejo de Universidades. Asimismo y a solicitud de las Universidades de Alcalá y Complutense de Madrid, se procede a la extinción de enseñanzas universitarias oficiales de máster, autorizadas con anterioridad por orden de esta Consejería, como consecuencia de la verificación de nuevas enseñanzas que las sustituyen, de su escasa demanda o debido a una reorganización de su oferta de estudios. En cualquier caso, las universidades garantizarán el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que se extinguen para los estudiantes que las hubieran iniciado hasta su finalización.

Tal y como establece la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria, estas propuestas han sido informadas por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria celebrada el 11 de abril de 2018.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 127/2017, de 24 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación e Investigación, a propuesta de la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores,

DISPONGO

Primero

1. Acordar la implantación, a solicitud de la Universidad de Alcalá y de la Universidad Carlos III de Madrid, de los siguientes Programas Oficiales de Doctorado, una vez cumplido el trámite de verificación establecido en el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.

Universidad de Alcalá:

— Programa de Doctorado en Biomecánica y Bioingeniería Aplicadas a la Salud.

Universidad Carlos III de Madrid:

— Programa de Doctorado en Ciencia y Tecnología Biomédica.

2. Las Universidades de Alcalá y Carlos III de Madrid implantarán estas titulaciones con los recursos humanos y materiales adecuados a su impartición de conformidad con las memorias presentadas y contarán para ello, con los recursos procedentes de los precios públicos establecidos para las enseñanzas universitarias oficiales, los ingresos procedentes del sistema de financiación de las universidades de la Comunidad de Madrid ya aprobado y el resto de los recursos con que cuente la universidad.

Segundo

1. Acordar la supresión a propuesta de la Universidad de Alcalá y de la Universidad Complutense de Madrid, de las siguientes enseñanzas universitarias oficiales de Máster:

Universidad de Alcalá:

— Máster Universitario en Ingeniería Informática (código RUCT 4315016).

— Máster Universitario en Evolución Humana (título conjunto de la Universidad de Alcalá y de la Universidad de Burgos. Coordina la Universidad de Burgos) (código RUCT 4313034).

Universidad Complutense:

— Máster Universitario en Estudios Avanzados en Derecho del Trabajo y Proceso Laboral (código RUCT 4315176).

2. Las universidades deberán garantizar, en todo caso, el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que se extinguen, de tal forma que los estudiantes que las hubieran iniciado con un aprovechamiento académico normal puedan finalizarlas.

Tercero

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación e Investigación en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Madrid, a 27 de diciembre de 2018.

El Consejero de Educación e Investigación, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

(03/42.239/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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