Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6

Fecha del Boletín 
08-01-2019

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190108-38

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Agencia Tributaria Madrid

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Madrid. Organización y funcionamiento. Agencia Tributaria Madrid. Delegación competencias

Resolución de 28 de diciembre de 2018, del director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, de modificación de la Resolución de 30 de diciembre de 2015 de delegación de competencias en materia tributaria.

La Agencia Tributaria Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, es el ente autónomo de gestión tributaria responsable de ejercer como propias las competencias municipales de gestión en materia tributaria. Según el artículo 3 de sus Estatutos, aprobados por Acuerdo del Pleno de 22 de diciembre de 2008, corresponden a la Agencia Tributaria Madrid, entre otras competencias, la gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de los actos tributarios municipales; la recaudación en período ejecutivo de los demás ingresos de derecho público del Ayuntamiento y de aquellos otros cuya gestión se le encomiende; la tramitación y resolución de los expedientes sancionadores tributarios, y la propuesta, elaboración e interpretación de las normas tributarias propias del Ayuntamiento de Madrid.

No obstante, para el mejor y más eficiente ejercicio de algunas de estas funciones, resulta aconsejable que ciertas competencias de gestión tributaria se ejerzan por aquellos órganos municipales cuya actividad se halla en íntima conexión con determinados ingresos públicos, concentrando, así, en dichos órganos las competencias materiales y las relativas a la gestión tributaria vinculadas a aquellas.

Por Resolución de 30 de diciembre de 2015, del director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, se delegaron competencias en materia tributaria en todos los órganos superiores y directivos, así como en determinadas Áreas de Gobierno, habiendo sido modificada, posteriormente, por otras Resoluciones de 30 de diciembre de 2016 y de 29 de diciembre de 2017.

La presente resolución tiene por objeto modificar de nuevo parcialmente aquella, como consecuencia de la aparición de nuevas tasas o por cambios en la denominación de otras ya existentes, lo que ha tenido lugar por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 21 de diciembre de 2018.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 15.3 de los Estatutos de la Agencia Tributaria Madrid, aprobados por Acuerdo de 22 de diciembre de 2008 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 311, de 31 de diciembre de 2008), resuelvo:

Primero.—Modificar la Resolución de 30 de diciembre de 2015, del director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, de delegación de competencias en materia tributaria, en los términos que a continuación se indican:

Uno. El punto primero, apartado 5.1.2, queda redactado como sigue:

“Tasas por Servicios y Actividades relacionados con el Medio Ambiente [tarifa número 1 y letras f), g) y h) de la tarifa número 6, todas ellas del anexo B de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Servicios y Actividades relacionados con el Medio Ambiente]”.

Dos. El punto primero, apartado 5.2.1, queda redactado como sigue:

“5.2.1. Tasas por Prestación de Servicios y Actividades relacionados con el Medio Ambiente [letras a), b), c) y d) de la tarifa número 6 del anexo B de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Servicios y Actividades relacionados con el Medio Ambiente]”.

Tres. El punto primero, apartado 5.3.4, queda redactado como sigue:

“5.3.4. Tasas por Prestación de Servicios y Actividades relacionados con el Medio Ambiente (tarifas números 3, 4 y 5 del anexo B de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Servicios y Actividades relacionados con el Medio Ambiente)”.

Segundo.—El presente acuerdo surtirá efectos desde el día de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín del Ayuntamiento de Madrid”.

Madrid, a 28 de diciembre de 2018.—El director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, José Antonio Díaz de Cerio Villamayor.

(03/42.311/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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