Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190109-58

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 5

58
Fuenlabrada número 5. Procedimiento 6 de 2017, notificación a Gestora 200 Barroso, S. L.

EDICTO

Doña Rosa María Gómez Gallardo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Fuenlabrada.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 6 de 2017, instados por la procuradora doña María Concepción Tejada Marcelino, en nombre y representación de “Embutidos del Centro, Sociedad Anónima”, contra “Gestora 200 Barroso, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 24 de abril de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por “Embutidos del Centro, Sociedad Anónima”, en los presentes autos de juicio ordinario, se condena a “Gestora 200 Barroso, Sociedad Limitada”, a que abone a la actora la cantidad de 478.991,16 euros, más el interés legal desde la interposición de la demanda, incrementado en 2 puntos desde la fecha de esta resolución y hasta su completo pago, y todo ello con imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas en este procedimiento.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Gestora 200 Barroso, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Fuenlabrada, a 3 de diciembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/41.499/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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